Por: El Colombiano

El Colombiano es un grupo editorial multiplataforma con más de 110 años de existencia. Nació en la ciudad de Medellín en Antioquia. Fundado el 6 de febrero de 1912 por Francisco de Paula Pérez, se ha especializado en la investigación y generación de contenidos periodísticos para diferentes plataformas en las que provee a las a...

Este artículo fue curado por pulzo   Ene 29, 2026 - 10:29 pm
Visitar sitio

La prolongada batalla legal que enfrentó a las herederas de la artista mexicana Frida Kahlo contra la Frida Kahlo Corporation por el uso comercial de su nombre en Colombia ha llegado a su desenlace definitivo este jueves. El Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa del país, dictaminó que la familia de Kahlo es la única con derecho legítimo para explotar comercialmente el nombre “Frida Kahlo” en territorio colombiano. Esta resolución establece un precedente importante sobre la protección de la propiedad intelectual y los derechos de imagen de figuras emblemáticas, cerrando así una pugna que se extendió por más de veinte años.

La génesis de este conflicto se remonta al año 2005, cuando Mara Romeo Kahlo y Mara de Anda Romeo, familiares directas de la reconocida pintora, firmaron un contrato de asociación con la Frida Kahlo Corporation. El objetivo inicial era permitir que esa corporación gestionara la explotación comercial del nombre y las marcas asociadas a la artista a nivel internacional. Sin embargo, en 2017, las herederas de Kahlo decidieron poner fin al acuerdo, argumentando el incumplimiento de compromisos por parte de la corporación.

En Colombia, el litigio tomó forma en 2016, cuando la Frida Kahlo Corporation buscó registrar la marca con dicho nombre, con el fin de vender productos como prendas de vestir, calzado, juguetes y joyas. Esta acción fue rápidamente impugnada por las descendientes de la pintora, quienes señalaron que ya operaban empresas bajo la denominación “Frida Kahlo” (casos de Estación de Moda S.A.S. y Frikahlo de México) y, por lo tanto, ningún ente externo contaba con la legitimidad para registrar esa marca sin su aval.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) fue la primera autoridad colombiana que intervino en la controversia, negando a la corporación la posibilidad de registrar el nombre de Frida Kahlo en el país.

Lee También
Frente a esta negativa, la corporación decidió apelar el caso ante el Consejo de Estado, argumentando que ostentaba derechos en distintas jurisdicciones internacionales y que existía un acuerdo - según ellos todavía vigente - para la utilización comercial del nombre en Colombia.

A pesar de que la Frida Kahlo Corporation justificó su interés comercial presentando registros de la marca en países como Australia, Brasil, Canadá, China, Costa Rica, Estados Unidos y México, el Consejo de Estado consideró que, tras analizar los documentos, no existía evidencia suficiente que demostrara un consentimiento expreso y válido de las herederas para continuar utilizando el nombre en Colombia. Por el contrario, halló pruebas contundentes de la oposición activa por parte de la familia. El fallo señala que existen controversias pendientes acerca de la titularidad internacional del nombre, pero respecto a Colombia, queda claro que no procede autorizar el registro ni su utilización comercial a favor de la corporación.

Un aspecto clave que tuvo en cuenta el tribunal fue el “certificado de reserva de derechos al uso exclusivo” emitido el 25 de octubre de 2019 por el Instituto Mexicano de Derechos de Autor, documento que respalda la posición de la familia y acredita, en última instancia, a María Cristina Teresa Romero Pinedo como titular del nombre artístico “Frida Kahlo”.

Este fallo no solo pone fin a una historia de litigio, sino que reafirma el peso legal que tienen los derechos de autor y la preservación del legado de las figuras culturales frente a los intereses comerciales de terceros.

¿Por qué es tan relevante la protección de nombres y marcas de figuras históricas como Frida Kahlo?

La disputa legal en torno al uso comercial del nombre “Frida Kahlo” destaca un problema de fondo: la explotación de la imagen y legado de personajes históricos puede enfrentar intereses comerciales internacionales contrapuestos a los derechos familiares y culturales. El reconocimiento legal de la exclusividad sobre una marca o un nombre artístico permite salvaguardar la integridad y el significado original de su legado, evitando que empresas o entidades sin vínculo legítimo lo utilicen para fines lucrativos.

En ese contexto, los procesos de registro de marcas y la defensa de los derechos de autor, como demostró el Consejo de Estado de Colombia en este caso, son esenciales para asegurar que la memoria y las creaciones de grandes figuras no sean objeto de apropiaciones indebidas ni de explotaciones que contradigan la voluntad de sus herederos o de la sociedad misma.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

* Pulzo.com se escribe con Z

Lee todas las noticias de nación hoy aquí.