En un documento de 27 páginas, la Fiscalía General dejó en firme la prueba reina que tiene contra varios directivos y exdirectivos de la Drummond, la multinacional estadounidense que opera en Colombia desde los años noventa.

Augusto Jiménez y José Miguel Linares, presidente y expresidente de la carbonera, respectivamente, y otros cuatro antiguos ejecutivos son investigados por su supuesta participación en el asesinato de dos sindicalistas y la financiación de paramilitares en los años 90 en Cesar. Esos señalamientos hechos por la Fiscalía han sido negados tajantemente por parte de la compañía y los directivos procesados.

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Para sustentar esa acusación, el ente investigador del CTI realizó un estudio pericial que indica que dineros de la multinacional sirvieron para financiar a hombres del exjefe paramilitar alias ‘Jorge 40’. Según la Fiscalía, esos dineros pasaron por la empresa ISA, de Jaime Blanco Maya, un antiguo contratista de la carbonera y quien hoy es el testigo estrella en el caso Drummond.

Precisamente ese informe fue dejado en firme por la Fiscalía, luego de que los procesados lo cuestionaran presentando otro que señalaba que la Drummond no patrocinó los paramilitares.

 

El informe presentado por la defensa de los acusados fue elaborado por Kroll, una de las consultoras de riesgo más prestigiosas del mundo, pero que en últimas sus conclusiones no fueron tenidas en cuenta por la Fiscalía.

El documento de la consultora, el cual fue conocido por este diario, señala que el contrato firmado entre la empresa del contratista Jaime Blanco Maya -destinado a proveer comida a los empleados de la compañía- y Drummond no tuvo sobrecostos. Un hecho que, según el ente investigador, sirvió para darles apariencia de legalidad a los dineros que habría financiado al grupo paramilitar.

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“El análisis de Kroll reveló que no hubo sobrecostos en la ejecución del contrato. Los valores facturados y pagados por Drummond correspondían a los precios de las comidas pactados y al número de comidas servidas. No había ninguna diferencia representativa entre los precios del contrato de ISA y los precios de mercado para servicios similares durante los períodos pertinentes”, señala el informe de la consultora. Sin embargo, para la Fiscalía, el informe del CTI no tiene ninguna irregularidad y ahora solo estaría pendiente que el ente acusador confirme si los llama a juicio o no.

 

“Resulta claro que las objeciones que por error grave al dictamen cuestionado no se demostraron ni derruyeron los fundamentos y conclusiones; resáltese que, el perito detalló y explicó fundadamente los procedimientos y metodologías establecidas en las normas contables que citó y se observa que la conclusión guarda relación y es el resultado del análisis, proyecciones y cálculos elaborados a lo largo de la experticia; con base en la información acopiada, previamente, y debidamente incorporada al expediente; sin que se demostrara su afectación de la imparcialidad o el compromiso con el objeto contable”, señaló la Fiscalía en una resolución del pasado 29 de agosto.

Y agregó que: “La formulación de objeciones no se trata de sobreponer una conclusión contable sobre otra, o atacar la opinión en si misma; sino de demostrar, cuál fue el yerro y cómo se configuró. Lo que impone que, bajo el mismo método, salvo que se demuestre el error en el procedimiento técnico aplicado, se derriben los exámenes, experimentos e investigaciones efectuadas, lo mismo que los fundamentos técnicos o científicos que permitieron arribar a las conclusiones de la pericia debatida”.

La JEP y el caso Drummond

Mientras la Fiscalía se pronuncia de fondo sobre este asunto, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión hace pocas semanas sobre el testigo Blanco Maya, quien fue aceptado por esa justicia en diciembre de 2019 bajo el compromiso de revelar la supuesta financiación de la compañía a los paramilitares entre 1993 y 2002.

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La Unidad de Investigación y Acusación (UIA), conocida como la Fiscalía de la JEP, le asignó un esquema de protección a Blanco Maya, pues consideró que el testigo se encuentra en “riesgo extraordinario”. El director de la UIA, Giovanni Álvarez, basó su determinación en un informe del Comité de Evaluación de Riesgo y Definición de Medidas del Grupo de Protección.

Además, la semana pasada, la JEP abrió el macrocaso 08 denominado “Crímenes cometidos por la fuerza pública, otros agentes de Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles”; esta justicia transicional busca investigar graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto, entre ellas, masacres, desapariciones forzadas y desplazamientos forzadas que no han sido tenidos en cuenta en otros macrocasos. El documento con el que se dio apertura al macrocaso, mencionó puntualmente el caso Drummond y la victimización que sufrieron los sindicalistas de la compañía.

Los informes recibidos por la Sala de Conocimiento de la JEP para abrir ese macrocaso advierten sobre los crímenes que sufrieron sindicalistas de empresas multinacionales en zonas de explotación agroindustrial o minero-energética que, igualmente, eran señalados como colaboradores o integrantes de las guerrillas o por su labor que reivindicaba laborales y sociales de los trabajadores.

“Al respecto, se han puesto en conocimiento de la Sala, los hechos de violencia contra integrantes de sindicatos de empresas del sector de los alimentos como Nestlé y Cicolac, Asoexcicnes, del sector de la palma aceitera y del sector carbonífero como la empresa Drummond”, dice el auto de la JEP.

Justo esa semana en el que se abrió el macrocaso 08, la JEP también anunció que aceptó que los exjefes paramilitares Salvatore Mancuso y ‘Jorge 40’ participen de una audiencia pública y expliquen qué verdades están dispuestos a contar, a cambio de un cupo en la JEP. Su entrada a la justicia transicional dependerá de qué tanta verdad pueden entregar. Los dos exjefes paramilitares fueron claves en la expansión paramilitar en la Costa Caribe, sobre todo, en el Cesar.

El magistrado Eduardo Cifuentes dio a conocer que ambos tendrían un espacio en la Jurisdicción bajo la figura de “sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública”. En síntesis, deberán argumentar en la audiencia pública como llegaron a ser el punto de encuentro entre grandes organizaciones criminales, en este caso las Auc, y fuerzas de seguridad del Estado. Y que esa alianza fue utilizada para cometer graves violaciones de derechos humanos.

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“Cuando un comandante paramilitar pone al servicio de los miembros de la fuerza pública el grupo armado organizado sobre el que tiene pleno dominio para cometer conjuntamente crímenes del conflicto, no le es aplicable la regla general de exclusión. Por el contrario, en esta situación límite y puntual, dicho sujeto puede eventualmente ser percibido como incorporado funcional y materialmente al Estado y, por ello, compareciente ante la JEP”, agregó Cifuentes.