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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Oct 17, 2023 - 11:09 am
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El ministerio de Educación Nacional ya estableció los topes máximos de aumento para las tasas de matrícula y pensiones que los colegios privados de preescolar, básica y media del país deben implementar en el 2024 mediante la Resolución 17821 de 2023.

Según lo indicado por la cartera educativa, el índice de aumento se determinó en base al Índice de Precios al Consumidor, IPC correspondiente a agosto de 2023, publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, el cual registró un 11.43%.

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Paula Andrea Huertas Arcila, secretaria de Educación de Armenia, argumentó: “A partir de esta normativa cada establecimiento educativo público podrá acceder a porcentajes adicionales teniendo en cuenta criterios de regulación de certificación por calidad, regulación por autoevaluación, vigilancia por autoevaluación y régimen controlado; eso permitiría que los porcentajes pudieran aumentar casi hasta el 13 %. (…)”.

Huertas Arcila señaló: “Otros de los factores para poder generar puntos adicionales de aumento es que puedan certificar que en el año 2023 esos colegios les pagaron a sus docentes, por lo menos, el 80 % del salario de acuerdo al escalafón docente que consagra el decreto 2277 del año 1979. En este sentido, los aumentos pueden oscilar para el año 2024 entre el 11.59 % hasta el 13.98 % en matrículas y pensiones; no obstante, ellos podrán abstenerse de generar esos aumentos a través del consejo directivo que es el órgano de gobierno escolar y podrán generar unos incrementos inferiores a esos topes verificando la realidad económica que atraviesan familias y el país en general”.

Por último, la líder de la cartera municipal, aclaró: “Hay unas regulaciones importantes en la resolución que están relacionadas con que no se pueden generar prácticas restrictivas en lo que tiene que ver con materiales educativos; por ejemplo obligando a la adquisición de determinados útiles o de uniformes de marcas específicas y lo que se busca con este ejercicio es poder mantener regulado todo ese mercado de la educación privada en Colombia para evitar abusos en el cobre de las matrículas y las pensiones”.

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Por su parte, Ana María Giraldo Martínez, secretaría de Educación departamental, manifestó: “Hacemos un pronunciamiento frente al tema de matrículas y pensiones a los cuales tienen derecho las instituciones educativas no oficiales del departamento a cobrar tal y como tradicionalmente lo han hecho. Lo primero es indicar que la calidad educativa tiene una directa injerencia frente a la libertad que puedan tener estas instituciones educativas para clasificar o generar una tabla de costos educativos de cada vigencia; es importante advertir que hay un régimen de libertad regulada y esta es la que pueden tener las instituciones educativas que encuentran unas certificaciones de calidad u obtienen unos altos puntajes en su autoevaluación”.

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Por último, señaló: “En el Quindío podemos notificar que las instituciones educativas no oficiales cuentan con una alta calidad educativa y con un régimen que se sujeta a lo que puede darse desde la secretaría de Educación, les hacemos inspección y vigilancia, acompañamiento, pero tienen una autonomía que es la que les establece a ellos la ley 115 de 1994. De igual manera, con las instituciones oficiales del departamento brindamos un acompañamiento permanente desde la dirección de calidad educativa y tenemos aspectos a resaltar (…)”.

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