No obstante, esa orden no se acató y por eso la Corte Suprema de Justicia les ‘jaló las orejas’ al Inpec y al director de Reclusión del Ejército por considerar que controvirtieron una decisión judicial, informó El Tiempo.

En la discusión apareció el nombre del exministro Andrés Felipe Arias porque a este sí lo enviaron a una cárcel especial “previa emisión de los respectivos actos administrativos y demás formalidades a que haya lugar”, mismo caso del exgobernador Álvaro Pacheco, según el diario.

El Ejército se defendió, de acuerdo con el periódico, diciendo que a Malo no lo podían recluir en ninguna guarnición militar porque él “nunca ha prestado sus servicios” a la institución y de recluirlo en una sitio de la Fuerza Pública se violaría “el artículo 27 de la ley 65 de 1993, modificado por el artículo 19 de la Ley 1709 de 2019”.

Leonidas Bustos

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Asimismo, esa fuerza militar dijo que Arias fue recluido en una escuela de caballería por decisión del Inpec y que tanto él, como Pachecho, están bajo el cuidado de funcionarios del Inpec y no de uniformados del Ejército.

“No existen consideraciones legales y constitucionales en los que se fundamentó la concesión de cupo en alguno de nuestros Centros Especiales de Reclusión Militar a los señores Felipe Arias y Álvaro Pacheco, toda vez que ellos no tienen cupo en ninguna de las cárceles y penitenciarías para miembros de la fuerza pública de alta y mediana seguridad y pabellones adscritos al Ejército Nacional”.

Sin embargo, la Corte manifestó, indicó el rotativo, que no hay una violación de la ley si se envía a funcionarios que no sean miembros de la Fuerza Pública a guarniciones militares “cuando se trate de investigados a los que, por sus características especiales de seguridad, deben ir a esos centros de reclusión”.

Cabe mencionar que Gustavo Malo está detenido en un búnker de la Fiscalía por su presunta participación en el ‘cartel de la toga’.