La explicación la dio a conocer RCN Radio, que asegura que la Registraduría no puede declarar perdida la votación porque esto lo tiene que hacer el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Lo hará en los próximos días, cuando termine de hacer el escrutinio oficial de la consulta anticorrupción que es el que manda la ley.

“Es el que determinará cuál fue el umbral exacto de participación de la ciudadanía para esta consulta anticurrupción y básicamente procederá a declarar un resultado”, explicó esa emisora.

Vanessa de la Torre

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Además, recordó que los magistrados del CNE comenzarán escrutinios de inmediato, y antes de terminar su periodo. Los resultados oficiales, entonces, se conocerían el miércoles próximo.

Los promotores podrán presentar solicitudes de recuento de votos y de reposición.