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Las autoridades de Bogotá han implementado nuevas directrices para regular el uso del espacio público, en el marco de un contexto marcado por debates y protestas del sector de los vendedores informales. El Decreto 117 de 2026, expedido por la Alcaldía, busca reorganizar, recuperar y preservar el espacio público ante la proliferación de actividades comerciales informales que, según la administración distrital, afectan no solo la movilidad y la seguridad, sino también la convivencia en la capital colombiana. Así lo establece la normativa, que introduce lineamientos estrictos y excepciones sobre las actividades permitidas.
De acuerdo con el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero, el nuevo reglamento establece que ciertos servicios que requieren condiciones sanitarias especializadas, como tatuajes, colocación de piercings o procedimientos odontológicos, no podrán efectuarse bajo ninguna circunstancia en la vía pública. Estas restricciones buscan garantizar estándares mínimos de salud, protección y bienestar para los ciudadanos, según lo consignado en el decreto.
Una de las disposiciones centrales del documento es la obligatoriedad de que los vendedores informales cuenten con una autorización temporal para ejercer su actividad en los espacios públicos de Bogotá. Sin la obtención de este permiso, no será posible desarrollar ninguna labor comercial, lo que supone un cambio significativo en la manera como tradicionalmente han operado numerosos puestos y carretas en distintas zonas de la ciudad.
El alcance del decreto abarca también el tipo de estructuras permitidas para la actividad, prohibiendo la utilización de casetas, carretas fijas o cualquier otro mobiliario que obstaculice de manera permanente la libre circulación peatonal o vehicular. Además, se insiste en la importancia de evitar ubicaciones que representen un riesgo para la seguridad vial y el bienestar general de la comunidad.
Otra medida relevante es la restricción sobre los productos comercializados: estará vetada la venta de artículos como pólvora, sustancias inflamables, armas blancas y bienes ilícitos. La venta de alimentos, por su parte, queda sujeta al cumplimiento de estrictas condiciones sanitarias y la obtención de permisos específicos.
La protección de los menores de edad es otro eje del decreto, puesto que se prohíbe radicalmente su involucramiento en actividades comerciales informales. Asimismo, se sancionan prácticas ilegales, como la distribución de drogas, juegos de azar y explotación de la prostitución en la vía pública, contemplando sanciones para quienes infrinjan estas normas.
En cuanto a la ubicación de los puestos de venta, el decreto limita la instalación de vendedores informales en las cercanías de hospitales, centros educativos e iglesias, especialmente si su presencia afecta la tranquilidad y el ambiente de estos lugares. También se endurecen las regulaciones sobre el uso de fuego y gas, limitando el empleo de cilindros de gas licuado de petróleo solo a ferias y actividades especialmente autorizadas.
Las reacciones frente a estas nuevas disposiciones no se hicieron esperar. Grupos de vendedores informales manifestaron su inconformidad mediante protestas, alegando que las medidas vulneran sus derechos y ponen en riesgo su subsistencia diaria. Por su parte, la Alcaldía sostiene que la estrategia está enfocada en combatir las mafias que, de acuerdo con el Distrito, manipulan y lucran con la organización y ocupación de los espacios públicos de la ciudad, subarrendando puestos y promoviendo economías ilegales.
De este modo, el Decreto 117 de 2026 marca un punto de inflexión en el manejo del espacio público en Bogotá, en medio de un equilibrio siempre delicado entre la normatividad urbana y el derecho al trabajo de miles de familias.
¿Cómo pueden los vendedores informales obtener la autorización temporal?
La imposición de un permiso obligatorio plantea interrogantes entre los trabajadores informales, muchos de los cuales dependen de actividades económicas cotidianas y no cuentan con información clara sobre el proceso para regularizar su situación ante el Distrito. La caracterización de este permiso responde a la necesidad de ejercer un control y garantizar condiciones mínimas en salud, seguridad y movilidad, de acuerdo con lo dispuesto por la administración distrital.
Este proceso implica para los vendedores acercarse a las instancias municipales competentes y cumplir requisitos específicos, dependiendo del tipo de producto o servicio y del lugar de la ciudad donde se desee ejercer la actividad. La obtención de la autorización busca asegurar que las actividades comerciales sean compatibles con el entorno y no vulneren la seguridad ni la tranquilidad de los transeúntes y residentes.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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