Escrito por:  Redacción Bogotá
Nov 24, 2023 - 5:39 pm

Evitar pagar el pasaje de Transmilenio es una práctica algo común y peligrosa en Bogotá, que ocasiona millonarias pérdidas al sistema de transporte masivo y multas por altas sumas de dinero para quienes incurren en ellas. Sin embargo, no son las únicas que se imparten.

Qué multas existen en Transmilenio y cuál es el valor de cada una

En el Manual del Usuario promulgado por Transmilenio y en concordancia con el artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia, se establecen multas de grado 1 a grado 4, siendo las últimas las más altas monetariamente. Estas son:

  • Quien impida el ingreso o salida prioritaria a mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños, niñas o personas con discapacidad. Multa tipo 1 (4 SMDLV).
  • Quien agreda, empuje o irrespete a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida del Sistema. Multa tipo 1 (4 SMDLV).
  • Quien consuma alimentos, bebidas, derivados del tabaco o sustancias prohibidas al interior de los buses o infraestructura del Sistema. Multa tipo 1(4 SMDLV).
  • Quien ingrese o salga de las estaciones o portales por sitios distintos a las puertas designadas para el efecto. Multa tipo 1 (4 SMDLV).
  • Quien perturbe la tranquilidad de los demás en los medios de transporte público, mediante cualquier acto molesto. Multa tipo 1 (4 SMDLV).
  • Quien evada el pago de la tarifa, validación, tiquete o medios que utilicen los usuarios para acceder a la prestación del servicio. Multa tipo 2 (8 SMDLV).
  • Quien transporte mascotas en vehículos de transporte público, incumpliendo la reglamentación establecida para tales efectos. Multa tipo 2 (8 SMDLV).
  • Quien obstaculice o impida la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema. Multa tipo 3 16 (SMDLV).
  • Quien altere, manipule, deteriore, destruya o fuerce las puertas de las estaciones o de los vehículos de los diferentes medios de transporte público o impida su uso y funcionamiento normal (salvo en situaciones de emergencia). Multa tipo 3 (16 SMDLV).
  • Quien irrespete a los funcionarios o autoridades del Sistema. Multa tipo 3 (16 SMDLV).
  • Quien destruya, obstruya, altere o dañe los sistemas de alarma o emergencia de los vehículos destinados al transporte público o sus señales indicativas. Multa tipo 4 (32 SMDLV).
  • Quien ponga en peligro la seguridad operacional de los sistemas de transporte masivo, colectivo o individual. Multa tipo 4 (32 SMDLV).
  • Quien perturbe en los medios de transporte público la tranquilidad de los demás ocupantes, mediante cualquier acto obsceno. Multa tipo 4 (32 SMDLV)

(Lea también: Transmilenio dice de cuánto sería la multa para mujer que hizo trasteo en articulado)

Paso a paso para verificar si tiene multas en Transmilenio

  1. Ingrese a la página web de la Policía Nacional y dé clic en el menú “Atención y servicio a la ciudadanía”.

    Primer paso para consultar si tiene multas en Transmilenio.
    Primer paso para consultar si tiene multas en Transmilenio.

  2. Una vez en el menú, seleccione la opción “Consulta de medidas correctivas”.

    Segundo paso para consultar si tiene multas en Transmilenio.
    Segundo paso para consultar si tiene multas en Transmilenio.

  3. En esta ventana, podrá consultar con su número de documento o comparendo. Allí podrá asumir el comportamiento y dirigirse al Liquidador de Comparendos de Bogotá (LICO) de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, para descargar el recibo y hacer el pago correspondiente.

    Tercer paso para consultar si tiene una multa en Transmilenio.
    Tercer paso para consultar si tiene una multa en Transmilenio.

Es importante destacar que aquellas personas que hagan el pago en los cinco días siguientes a la fecha de su expedición, obtendrán un descuento del 50 %. Además, si el comparendo se impuso por primera vez y es una multa de tipo 1 o 2 según el Código de Policía, la persona sancionada podrá realizar una actividad pedagógica, la cual solo puede ser validada por la dependencia de Gobierno.

(Lea también: Bajó el número de colados en Transmilenio este año y confirman puntos donde más hay)

Sin embargo, si la persona sancionada no está de acuerdo con la multa impuesta, debe manifestarlo por escrito ante la Secretaría Distrital de Gobierno, para lo cual solo contará con 3 días hábiles a partir de la fecha en la que se le practicó el comparendo.

En caso de no realizar la actividad pedagógica, objetar el comparendo o pagarlo, la persona sancionada será llamada a audiencia por parte de un inspector de la policía. Si la autoridad impone una nueva falta, se debe efectuar el pago obligatorio o de ser viable, solicitar trabajo comunitario. Si todo lo anterior es incumplido, se le podrá efectuar un cobro persuasivo y coactivo e incluso embargar al infractor, según informa Infobae.

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