El Ministerio de Transporte de Colombia expidió una circular con la cual cambia la forma para resolver choques simples en vías del país cuando solo haya daños materiales.

Los ajustes se aprobaron en la Ley 2251 de 2022 y, ahora, el Gobierno Nacional los reglamenta.

Así las cosas, se definió una nueva orientación para que las autoridades y las empresas aseguradoras resuelvan estas situaciones de manera más eficiente.

Todo lo anterior busca evitar al máximo las interrupciones al tránsito en las vías y mantener la seguridad en las mismas.

La circular señala que, sin importar si los vehículos estén asegurados o no, los conductores deben retirarlos inmediatamente.

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Esto también deberá hacerse con cualquier elemento que pueda interrumpir el flujo vehicular.

Antes de movilizar los vehículos y demás bienes relacionados con los choques simples, se deberá recaudar el material probatorio del accidente de tránsito.

Para esto, las compañías de seguros deberán definir e informar las herramientas que permitan el recaudo ágil, oportuno y suficiente de las pruebas del evento.

Posteriormente, esta información deberá ser remitia a las aseguradoras, que deberán dejar claro si se pueden usar, por ejemplo, videos grabados con celulares u otros elementos.

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Soluciones y casos más complejos

En todo caso, según la circular, “las pruebas recaudadas en el lugar del accidente deben servir como elementos probatorios sobre los daños generados”.

Ahora bien, si uno de los involucrados no tiene un seguro que ampare los daños materiales, deberá recaudar este material y dirimir el conflicto en un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia.

O, en su defecto, podrá apelar a los demás mecanismos de acceso a la justicia, si previamente no hubo acuerdo sobre quién asumiría los daños generados.

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La norma también dice qué hacer en caso de que uno de los involucrados se niegue a retirar su vehículo, así como si es materialmente imposible moverlos o si alguno de los conductores se encuentra en estado de embriaguez en el momento del choque simple.

En todos los anteriores deberán intervenir los agentes de tránsito, para lo cual tendrán que inmovilizar los vehículos y llevarlos a patios.

Pero también deberán realizar las pruebas necesarias, cuando haya sospecha de que uno de los ciudadanos estuvo manejando tras haber consumido bebidas alcohólicas.

De otro lado, el MinTransporte estableció que, en estos casos, la Policía de Tránsito y los cuerpos operativos de control no tendrán que elaborar un informe policial.

Ese reporte será reemplazado por el material probatorio recaudado por los interesados en el siniestro vial.

Consulte en este enlace la circular expedida por el Ministerio de Transporte acerca de la resolución de choques simples en Colombia.