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En un intento por frenar el aumento de la violencia que ha desencadenado protestas y contribuido a la reciente caída de su predecesora, el presidente interino de Perú, José Jerí, decretó el estado de emergencia en Lima y en la provincia de Callao. La medida regirá durante un periodo de 30 días y restringe o suspende derechos y libertades fundamentales. A continuación, los detalles de la decisión.
Desde las 00:00 horas de este miércoles 22 de octubre, en la capital peruana y la vecina provincia de Callao rige la declaratoria del estado de emergencia.
La lucha contra la delincuencia marca la mayor inconformidad social y política en el país, lo que, incluso, se alzó como la principal razón de los legisladores en la destitución de Dina Boluarte, el pasado 10 de octubre. De inmediato fue reemplazada por el controversial político José Jerí, entonces presidente del Congreso.
Jerí intenta ahora socavar el aumento de la violencia que detonó multitudinarias protestas que contribuyeron a la reciente caída de su predecesora. Perú ha experimentado un aumento de asesinatos, extorsiones violentas y ataques a espacios públicos en los últimos años. Y entre enero y septiembre, la Policía reportó 1.690 homicidios, en comparación con los 1.502 del mismo período de 2024.




Estas son las medidas que contiene el decreto:
Control territorial y acción de fuerzas combinadas
La declaratoria plantea la acción de las fuerzas combinadas: la Policía, las Fuerzas Armadas y el serenazgo municipal, este último un servicio de seguridad ciudadana que brindan los gobiernos locales, para “hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia”.
Según el Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM, durante el periodo señalado de 30 días, la Policía mantiene el control del orden interno, con el apoyo directo de las Fuerzas Armadas.
La institución policial determinará las zonas de intervención, con base en información de inteligencia, estadísticas y mapas del delito. El control territorial debe estar focalizado en las llamadas zonas críticas y en la protección a instituciones públicas.
En este sentido, las fuerzas deben realizar un patrullaje a pie en áreas como estaciones de autobús y metro o instituciones relacionadas con servicios públicos.
Asimismo, el decreto estipula operativos de búsqueda y captura de personas solicitadas por la Justicia, mediante el control de identidad, el mapa del delito y otros instrumentos dispuestos por el Comité de Coordinación Operativa Unificada (CCO).
El control de identidad puede realizarse a personas en vehículos motorizados y no motorizados, así como a extranjeros “que se encuentren comprendidos dentro de los supuestos del procedimiento sancionador administrativo excepcional especial”.
Esa acción se extiende a inmuebles y puede “incluir el descerraje si fuera necesario, en función a los informes del CCO y/o el Comité de Inteligencia (CI)”.
Las acciones de las fuerzas de seguridad incluyen operativos masivos y permanentes para el decomiso de armas ilegales, municiones, explosivos y elementos pirotécnicos, así como la fiscalización y control de la fabricación artesanal, la comercialización y uso ilegal de productos pirotécnicos, sus materiales relacionados e insumos químicos para la elaboración de drogas.
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Restricciones al tránsito y reuniones
La declaratoria de emergencia avala las limitaciones para determinados derechos constitucionales como la libertad de reunión, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de tránsito.
Queda así restringido el tránsito en ciertos vehículos, ya que se prohíbe la movilidad de dos personas adultas en motos.
Además, las autoridades cuentan con la potestad de intervenir ante vehículos que exhiban documentación adulterada o placas ilegibles, deterioradas, adulteradas, dañadas, laminadas o con objetos que impidan su correcta identificación, lo que implica su traslado a depósitos autorizados.
Para las actividades públicas o masivas, ya sean de carácter religioso, deportivo o cultural, es necesario solicitar un permiso ante las autoridades competentes. Por ende, si se trata de eventos que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de una autorización.
Mayor control penitenciario
El desglose de la medida también establece un “apagón eléctrico” en las celdas, ya que únicamente está permitida la iluminación.
Por tanto, el denominado Comité de Fiscalización está autorizado para realizar operativos contra las telecomunicaciones ilegales: suspender y desmontar las líneas no autorizadas y las vinculadas a casos de extorsión o secuestro.
También rige una restricción a las visitas en las prisiones: los detenidos bajo régimen cerrado ordinario solo recibirán una visita semanal, mientras que aquellos en régimen cerrado especial tendrán una visita quincenal.
Únicamente podrán ser visitados por sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Con medios locales
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