Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Miguel Galvis   May 23, 2024 - 6:38 pm
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En la sesión de este jueves, en esa célula legislativa, se decidió que las modificaciones al régimen pensional en Colombia entren en vigor en julio de 2025, proposición que deberá ratificar la plenaria de la Cámara en los próximos días.

Por mayoría se aprobó el artículo 94 del texto, pese a que hubo algunas propuestas para que entrara en vigor en julio de 2026, argumentando que un año es un término insuficiente para que Colpensiones garantice que podrá asimilar las variaciones al sistema pensional atender a los colombianos. Hubo voces para que su vigencia fuera a partir de enero de 2026.

Algunos congresistas le pidieron al presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, que se comprometiera a asegurar que la entidad está en capacidad de asumir las nuevas responsabilidades, para lo que debe contar con plataformas tecnológicas adecuadas para encarar los retos, entre ellos la llegada de unos 24 millones de usuarios.

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El funcionario sostuvo que encontró, en 2022, procesos tercerizados y que por eso hay varias investigaciones en curso. Afirmó que hoy la entidad tiene un equipo moderno y envidiable. “No conozco el Excel en Colpensiones”, mencionó Dussán en respuesta a declaraciones del representante Víctor Salcedo, quien señaló que por el atraso esa institución todavía usaba ese programa.

“Somos los más competitivos entre los fondos de pensiones del país”, aseveró, y resaltó la seguridad con que se maneja la información de los afiliados. “Estamos preparados para recibir a quienes lleguen de los fondos privados”, enfatizó.

El parlamentario Andrés Forero comentó que el afán de implementar la reforma tiene que ver con la intención del gobierno de Gustavo Petro de tener una herramienta para impulsar la contienda electoral de cara al año 2026.

(Vea después: Gobierno Petro celebra decisión tomada en Cámara de Representantes con reforma pensional)

Durante esta semana la Comisión debatió el texto de 95 artículos que salió del Senado, aunque le introdujo algunas variaciones. Esta mañana, por ejemplo, se aprobó un bloque: artículos 5, 7, 8, 61, 64 con cambios avalados. Estos incluyen enfoques que tiene la reforma pensional, deberes de las administradoras, deberes del empleador y contratantes de prestación de servicios, criterios de gobierno corporativo.

Y el artículo 64, en especial, se refiere a los fondos generacionales, que buscan garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez de los recursos del sistema. Un cambio relevante es que el Gobierno no podrá tocar los recursos pensionales para atender emergencias en medio de desastres naturales.

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