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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   May 23, 2024 - 3:45 pm
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A medida que avanza el debate de la reforma pensional, el documento muestra algunas disposiciones sobre las pensiones de los colombianos en el exterior, así como las disposiciones para los extranjeros que cotizan en el país o en su lugar de origen.

Según el documento, es necesario que se entren a regular estos instrumentos de la iniciativa para poder entender el alcance del sistema de jubilación.

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Explica el proyecto de reforma pensional que la afiliación es voluntaria al sistema de pensiones para los colombianos domiciliados en el exterior, sin consideración a su condición migratoria.

Esto último “cuando no tengan la calidad de afiliados obligatorios y no se encuentren expresamente excluidos por la presente ley”, se lee en el documento.

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¿Qué más pasaría con las pensiones de los colombianos en el exterior?

Adicionalmente, dice, el sistema de pensiones también cubrirá a los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen de su país de origen o de cualquier otro.

Ahora, para los colombianos que hayan realizado aporte a pensiones en el exterior, de manera voluntaria o dentro de convenios internacionales de seguridad social, “el régimen de transición aplicará siempre y cuando la suma de dichos períodos complete la densidad de semanas mínimas establecidas en el presente artículo”.

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Finalmente, dice el documento que todas las pensiones de los colombianos, incluyendo las que perciban los residentes nacionales provenientes del exterior, “estarán exentas del impuesto sobre la renta. Estarán gravadas sólo en la parte que exceda de 1.000 UVT mensual”.

Estos serían los pilares del sistema de pensión en Colombia

  • Pilar solidario: para todos los mayores de 65 años, que son 2,5 millones de personas, se les dará una renta por encima de la línea de pobreza, equivalente a $223.000.
  • Pilar semicontributivo: entregaría una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en fondos privados.

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  • Pilar contributivo: estarían todas las personas afiliadas al Sistema, en donde Colpensiones recibirá los aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos cotizados y las Administradoras de los Fondos de Pensiones recibirán las cotizaciones que exceden ese tope.
  • Pilar ahorro individual voluntario: sería para aquellas personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar con este mecanismo para obtener una mejor pensión.

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