Un contrato de servicios es un documento legal que establece los términos y condiciones de una relación comercial entre un proveedor de servicios y su cliente. Por otro lado, un contrato de trabajo es un documento legal que establece los términos y condiciones de una relación laboral entre un empleador y un empleado.

(Vea también: Gustavo Petro da estocada a contratos de prestación de servicios: ya ni se los imagina)

Diferencias entre la prestación de servicios y un contrato laboral

Existen diferencias significativas entre un contrato de prestación de servicios y un contrato de trabajo, estas son las publicadas por el portal Phylolegal.

  1. Naturaleza: el contrato de trabajo es laboral, mientras que el contrato de prestación de servicios es civil o comercial.
  2. Prestación del servicio: en el contrato laboral se requiere que el trabajador preste su servicio de manera personal, en cambio, en el contrato de prestación de servicios la presencia del contratista de manera continua, ciñéndose a un horario, no es necesaria.
  3. Contraprestación: en los contratos laborales el reconocimiento es mediante un salario, mientras que en el contrato de prestación de servicios se paga por concepto de honorarios.
  4. Subordinación: dentro del contrato de trabajo, el empleado está bajo la continua supervisión del empleador recibiendo órdenes y directrices. Por su parte, en un contrato de prestación de servicios, el contratista realiza su actividad recibiendo algunas pautas por parte del contratante, sin perder su libertad para ejecutar la actividad.
  5. Horario: en los contratos laborales, el empleado cumple regularmente un horario de ingreso y de salida que no puede sobrepasar las 8 horas diarias. Mientras que en el contrato de prestación de servicios, el contratista no está normalmente sujeto a un horario. Sin embargo, sí se puede pactar entre contratante y contratista un rango horario para desarrollar las actividades.

  6. Roles: normalmente, un contrato de prestación de servicios es utilizado para contratar personas con una profesión liberal, como los abogados y contadores. El contrato laboral puede ser usado para vincular a cualquier empleado en los roles de la empresa.
  7. Seguridad social: la cotización a EPS, el fondo de pensiones y la ARL son compartidos en el contrato de trabajo y el empleador tiene un porcentaje mayor de cotización. Mientras que en el contrato de prestación de servicios los aportes los realiza en su totalidad el contratista.
  8. Prestaciones sociales: vacaciones, cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios, auxilios y dotaciones son únicos del contrato de trabajo y no tienen vigencia en el contrato de prestación de servicios.
  9. Normativa: el contrato laboral debe tener en cuenta las disposiciones presentes en el Código Sustantivo del trabajo, mientras que el contrato de prestación de servicios está regulado por el Código Civil y el Código de Comercio. 
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El Ministerio de Trabajo se encuentra en la tarea, de la mano del presidente, de regular la informalidad de los contratos por prestación de servicios brindando mayores garantías para los contratistas y reformando las especificaciones de este modelo de empleo.

 

*Este artículo fue creado con ayuda de Robby Bienestar una inteligencia artificial que utiliza machine learning para producir texto similar al humano, y curado por un periodista de Pulzo.