En Colombia hay cuatro tipos de pasaportes: el ordinario, el ejecutivo, el fronterizo y el de emergencia. Según lo establecido en el decreto 1067 de 2015 del Ministerio de Relaciones Exteriores el ordinario se refiere a la libreta expedida a todos los ciudadanos que deseen hacer viajes de negocios o vacaciones, consta de treinta 32 páginas y su vigencia será de 10 años.

El ejecutivo tiene la misma finalidad del anterior solo que este cuenta con 48 páginas y su vigencia también será de 10 años. El fronterizo se adjudica a los colombianos que se encuentren en Brasil, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela, por intermedio de las misiones diplomáticas y consulados de Colombia acreditados en los mencionados países. La libreta consta de 28 páginas y la vigencia será de diez 10 años.

(Vea también: Cómo sacar el pasaporte en Medellín y cuánto debe pagar)

Pero, ¿qué es el pasaporte de emergencia?

El cuarto tipo de pasaporte colombiano es el de emergencia, fue creado para casos excepcionales cuando el solicitante requiera el documento de viaje de manera inmediata, es decir, ante la urgencia del ciudadano el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá expedirlo y entregarlo inmediatamente.

Sin embargo, la persona que requiere este tipo de pasaporte deberá demostrar ante la autoridad la razón o situación excepcional que requiera su expedición.

Esta libreta consta de 8 páginas y la vigencia será de 7 meses.

Precio del pasaporte de emergencia

Según detalla Cancillería en su portal web, el costo del pasaporte de emergencia es de 161 mil pesos colombianos. El pago se debe hacer el mismo día que se genera la referencia de pago, de lo contrario deberá generar una nueva referencia con la fecha en la que realizará el pago.

Podrá efectuar el pago a través de:

  • Tarjetas asociadas a la red Visa y Mastercard. Este pago debe efectuarse directamente en la oficina de Pasaportes.
  • Red de cajeros automáticos de Servibanca a nivel nacional.
  • Pago por PSE, para lo cual debe contar con una cuenta activa en Colombia, habilitada por la respectiva entidad financiera con el servicio para pagos electrónicos.
  • En Bogotá, el valor del pasaporte será cancelado en el momento en que el oficial de servicio se lo indique en el módulo de atención.
  • No se reciben pagos a través de Daviplata, Nequi o tarjetas Codensa.
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Requisitos para solicitar el pasaporte de emergencia

1.Diligenciar la solicitud por medio electrónico o personalmente en la oficina expedidora.

2.Realizar la formalización de la solicitud de manera presencial en las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

3.Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido. En su defecto: a) Contraseña por primera vez o rectificación expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, acompañada del Registro Civil de Nacimiento auténtico; b) Comprobante en trámite de duplicado o renovación de la cedula de ciudadanía acompañado de consulta en línea de la fecha de expedición de la cedula a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil. La consulta de la fecha de expedición de la cedula de ciudadanía podrá ser realizada por la oficina expedidora; c) Verificar en el Sistema de Control y Expedición de Pasaportes (SICEP), a través de la huella digital, la existencia de los documentos soporte de trámites anteriores.

4.Presentar pasaporte anterior, si lo tuviese. En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el titular deberá comunicarlo verbalmente al funcionario, quien marcará la casilla correspondiente en el Sistema de Control y Expedición de Pasaportes (SICEP) y se entenderá que dicha declaración se efectúa bajo la gravedad de juramento, lo cual el interesado confirmará al momento de firmar el pasaporte.

5.Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal efecto.