Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por pulzo   Ene 22, 2026 - 10:42 am
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El comienzo de cada año marca una de las fechas más relevantes para los trabajadores colombianos: la llegada de los intereses de las cesantías. De acuerdo con El Colombiano, este ingreso representa un alivio esperado luego de los gastos asociados a la temporada de fin de año y el inicio del nuevo ciclo laboral. Los trabajadores formales consideran estos recursos clave para organizar sus finanzas personales durante el mes de enero, periodo conocido por la presión sobre la economía familiar.

La reglamentación sobre el pago de los intereses de las cesantías está estipulada en el artículo 99 de la Ley 50 de 1990. Según esta disposición, los empleadores deben pagar el 12% anual del valor total de las cesantías al trabajador, considerando el tiempo laborado cuando el periodo es inferior al año. Es decir, si un trabajador ha estado menos de 12 meses bajo contrato, el pago será proporcional al lapso trabajado. La fecha límite establecida para este abono es el 31 de enero, con la advertencia de posibles sanciones económicas para las empresas que incumplan este plazo legal.

Las cesantías, según lo explica el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), constituyen una prestación social obligatoria diseñada como un seguro de desempleo. Comprenden el equivalente a un mes de salario por cada año laborado, permitiendo al trabajador contar con un respaldo económico ante la terminación del contrato laboral. Además, estos fondos pueden utilizarse para financiar necesidades importantes como la adquisición de vivienda, remodelaciones, estudio u otros proyectos personales, siempre bajo los lineamientos previstos en la legislación.

Sin embargo, esta prestación no es un derecho universal dentro de la fuerza laboral colombiana. De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, existen excepciones claramente definidas. Por ejemplo, los empleados que devengan más de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes y reciben salario integral no acceden a cesantías, ya que su remuneración incluye anticipadamente todas las prestaciones legales. Asimismo, personas que trabajan bajo modalidades contractuales diferentes a una relación laboral formal, como los contratistas, no tienen vinculación directa con un empleador y, por tanto, quedan excluidos de este beneficio.

El cálculo de los intereses sobre las cesantías sigue una fórmula estandarizada: se multiplica el valor de las cesantías acumuladas por el número de días trabajados, luego este resultado se multiplica por 0,12 (que corresponde al 12%), y finalmente se divide entre 360. Por ejemplo, un trabajador que ha devengado $1.700.000 mensuales durante 360 días recibirá $204.000 como intereses de cesantías. Así, la normativa asegura transparencia y equidad en la asignación de este ingreso vital para millones de colombianos.

¿En qué casos se pueden utilizar las cesantías además de desempleo?

La posibilidad de acceder a las cesantías va más allá de la protección en caso de pérdida del empleo. Como indica el Fondo Nacional del Ahorro, estos recursos pueden destinarse a la compra, mejora o liberación de vivienda, así como al pago de estudios. Esta flexibilidad obedece a la intención del legislador de respaldar la estabilidad social y el acceso a derechos fundamentales, como la educación y la vivienda digna.

El uso de las cesantías está regulado; los trabajadores deben justificar el destino del retiro de estos fondos ante la entidad financiera o el fondo en el que se encuentren depositadas. Las condiciones y los procedimientos previstos en la ley buscan evitar el uso indiscriminado, garantizando que esta prestación cumpla su función protectora y social en el marco de la economía colombiana.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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