Con el propósito de facilitar la presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta de personas naturales del año gravable 2021, esta redacción, con base en información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), les presenta un abecé de lo que debe saber.

Asimismo, la Dian habilitó varias herramientas necesarias para que los cerca de 4,5 millones de ciudadanos cumplan de manera oportuna con esta obligación, que, de acuerdo con el calendario tributario, empieza el próximo 9 de agosto y termina el 19 de octubre, fechas en las que se debe hacer la declaración y el pago, si hay lugar a ello.

(Vea también: Cuáles son los documentos que no le pueden faltar para hacer su declaración de renta)

Tenga en cuenta que este proceso se realiza con base en los dos últimos dígitos del ‘Número de Identificación Tributaria’ (NIT) del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

¿Sabe si es declarante del impuesto de renta?

Las personas naturales deben declarar renta por el año gravable 2021 si cumplen alguna de estas condiciones:

  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, $163.386.000 a 31 de diciembre de 2021.
  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, $50.831.000 durante el año 2021.
  • Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT, $50.831.000 durante el año 2021.
  • Haber realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT, $50.831.000 durante el año 2021.
  • Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT, $50.831.000 durante el año 2021.
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del año gravable 2021.

(Vea también: Cuál es la multa por no hacer la declaración de renta, presentarla tarde o con errores)

Nota: Los valores anteriormente señalados son calculados con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT), que rigió durante el 2021 y que fue fijada en $36.308.

¿Cuáles son las herramientas que facilitan el diligenciamiento, la presentación y pago?

La entidad ha dispuesto en el portal web www.dian.gov.co las herramientas para que, por medio de autogestión, los ciudadanos diligencien, presenten y, si hay lugar a ello, realicen el pago de la declaración de renta del gravable 2021.

Además, en el micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2021’, cualquier persona podrá acceder a información detallada acerca de esta obligación tributaria y tendrá a su disposición las siguientes herramientas de facilitación:

  • A través del programa ‘Ayuda Renta 2021’ podrá elaborar un borrador de la declaración, el cual facilitará el diligenciamiento final del formulario.
  • Mediante la herramienta ‘Hazlo tú mismo’, los ciudadanos contarán con una guía que los orientará paso a paso en la determinación de la obligación y el posterior proceso de diligenciamiento, presentación y pago.

(Vea también: ¿Quiénes deben declarar renta en Colombia? Revise las condiciones y evítese multas)

También podrá consultar si se cuenta con una declaración de renta sugerida, en la que la Dian propone valores para varias casillas del formulario, los cuales el declarante podrá aceptar o no, de acuerdo con su realidad jurídica, económica y financiera.

Finalmente, será posible consultar la información exógena o reportada por terceros, que puede emplearse como parte de la información que debe ser incluida en la declaración.

¿En qué formulario debe presentar la declaración de renta?

Es importante que las personas naturales habiliten su cuenta de usuario, ya que el Formulario 210 estará disponible para diligenciamiento únicamente a través de la opción ‘Usuario Registrado’. 

A partir de este año, la opción ‘Usuario No Registrado’ no estará disponible. 

(Vea también: A romper la alcancía por los impuestos que deberá pagar en el segundo semestre de 2022)

La entidad invita a los contribuyentes que no han habilitado su cuenta como ‘Usuario Registrado’ a que lo hagan en el Portal Transaccional por la opción ‘Usuario Nuevo’.

¿Qué debe hacer para presentar la Declaración de Renta?

  • Realice su inscripción en el RUT, si todavía no lo ha hecho.
  • Actualice el RUT, si su información ha cambiado.
  • Tener registrada en su RUT la responsabilidad ‘5’, impuesto sobre la renta y complementario, régimen ordinario.
  • Habilite su cuenta de usuario para acceder a los servicios en línea de la Dian, si aún no lo ha hecho.
  • Recuerde la contraseña que estableció cuando habilitó su cuenta de usuario para acceder a los servicios en línea de la Dian.
  • Tener activa su firma electrónica, si es obligado virtual, o generarla voluntariamente, para el cumplimiento de obligaciones, operaciones y trámites.
  • Tenga listos los documentos necesarios para diligenciar su declaración de renta. Presente la declaración y pague, si hay lugar a ello.

 

declaracion renta 2022 dian
declaracion renta 2022 dian

¿Qué documentos debe tener para el diligenciamiento de la declaración de renta?

Indispensable: El primer documento que debe tener es una copia del RUT debidamente actualizado.

Para patrimonio:

  • Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
  • Certificados de las inversiones, emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
  • Declaración o estado de cuenta del predial de los bienes inmuebles que posea.
  • Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
  • Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
  • Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
  • Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como ‘goodwill’, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros. Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.

Para ingresos:

  • Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.
  • Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
  • Certificados de ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  • Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  • Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales eres socio o accionista.
  • Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por tu empleador.
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Para pagos: 

  • Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  • Certificados por pagos de salud. Pagos por concepto de impuestos de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Predial.
  • Certificados de las donaciones e inversiones que hayas efectuado durante el año.
  • Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes. En los casos en que se requiera, la certificación para acreditar la deducción por dependientes económicos.