Escrito por:  Redacción Economía
Jul 19, 2023 - 8:21 pm

Cada vez están más cerca las fechas del inicio de una nueva temporada de plazos para la presentación de la declaración de renta. Por eso, las personas naturales que tienen que hacerla desde ya se están alistando con la información y documentación necesaria.

Adicionalmente, hay personas que dudan de si tienen saldo a favor y cómo pueden reclamarlo.

(Vea también: Aclaran si se deben pagar impuestos por tener cripromonedas en Colombia)

Sin embargo, Portafolio explica que para tener ese saldo positivo debe haber retenciones en la fuente o el anticipo del impuesto de renta del año inmediatamente anterior. Además, hay unas condiciones para poder aplicar.

Por ejemplo, según información recogida por el medio mencionado, “la fecha de presentación de la solicitud debe ser dentro del término de los años desde el fin del plazo para hacer la declaración, en caso de que sea declaración privada, o desde la fecha de ejecutoría, si es liquidación oficial”.

De igual forma, el Registro Único Tributario (RUT) debe estar actualizado, sin suspensión o cancelación del mismo.

Finalmente, la persona que tenga un saldo en positivo debe tener un certificado de existencia y representación de la información registrada mediante el Registro Único Empresarial (RUE), según indica la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

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Dónde puede consultar si tiene saldo a favor por la declaración de renta

  • Ingrese a la página web de la Dian.
  • Vaya a la casilla ‘Saldo a favor’.
  • También puede ingresar en el submenú ‘Acceso a los sistemas de información’.
  • Diligencie la información requerida.

Cuándo puede presentar la solicitud

Al día siguiente de la presentación de la declaración de renta usted puede hacer el respectivo requerimiento y, si se cumple con los requisitos señalados, el dinero le será devuelto en un término de 15 días hábiles.

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