Escrito por:  Redacción Economía
Ago 24, 2026 - 7:19 am

El retroactivo pensional de Colpensiones corresponde al pago de las mesadas que una persona dejó de recibir durante el periodo entre el momento en que cumplió los requisitos para pensionarse y la fecha en que la entidad reconoció e inició el pago de la pensión.

No se trata de un bono adicional, sino de recursos que ya se habían causado como parte de la mesada ordinaria.

La Ley 797 de 2003 establece un plazo de hasta cuatro meses para que las administradoras de pensiones, incluida Colpensiones, resuelvan y notifiquen una solicitud de pensión de vejez.

Sin embargo, este plazo no significa que el afiliado tenga derecho automáticamente a cuatro meses de retroactivo. El periodo adeudado depende de las circunstancias particulares de cada caso.

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Para determinarlo, Colpensiones analiza factores como la edad, las semanas cotizadas, la fecha de retiro del mercado laboral, la fecha de solicitud y la consistencia de la historia laboral.

Si la persona continúa trabajando y cotizando, el inicio del disfrute puede trasladarse hasta su desvinculación laboral.

Cuando se reconoce el derecho a una pensión desde una fecha anterior a la resolución, el retroactivo se liquida y normalmente se incluye en el primer pago pensional.

Por eso, esta primera consignación puede ser significativamente mayor que las mesadas posteriores.

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