Escrito por:  Redacción Carros
May 22, 2025 - 12:26 pm

En el caso de las vías nacionales, el Código Nacional de Tránsito es el que establece a qué velocidad se puede transitar según la vía y el tipo de vehículos, pues no todos pueden alcanzar lo máximo permitido por cuestiones de seguridad.

En Colombia existen vías en las que es permitido transitar a 120 kilómetros por hora y son aquellas que son doble calzada que no tienen en su diseño pasos peatonales, indica la Ley 2251 de 2022.

Este límite, sin embargo, solo lo pueden alcanzar los carros particulares (de uso privado o público), las motos. Los vehículos de servicio público, de carga y escolar no pueden superar los 80 kilómetros por hora, de acuerdo con la norma, en las carreteras de doble calzada.

(Vea también: Cuál es la verdadera función del carril izquierdo: muchos conductores lo utilizan mal)

En vías nacionales que no son doble calzada, la velocidad permitida para carros particulares y motos es de hasta 90 kilómetros por hora. No obstante, en zonas escolares o residenciales no se puede superar los 30 kilómetros por hora.

¿Cuál es el límite de velocidad en Bogotá?

En las vías principales de la capital colombiana se puede conducir, máximo, a 50 kilómetros por hora, límite que por ahora no cambiará, pese a que había petición de subirlo a 60 kilómetros por hora, como funcionaba antes de la administración de Claudia López.

No obstante, hay zonas específicas de Bogotá en donde se ponen fotomultas por exceder los 30 kilómetros por hora. La razón es que son zonas escolares, residenciales, en las que hay muchos peatones o, incluso, en las que los conductores suelen exceder la velocidad.

Alguno de esos puntos son:

  • Calle 139 con carrera 131.
  • Avenida Ciudad de Cali con calle 135 A.
  • Avenida carrera décima con calle 13 sur.

(Vea también: Fotomulta de más de $ 700.000 que pueden poner en Bogotá, y no es por exceso de velocidad)

¿Cuál es la multa por exceso de velocidad en Colombia en 2025?

Según el Código Nacional de Tránsito, la infracción por exceso de velocidad está catalogada como tipo C29 y se sanciona con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que representa un valor de 711.750 pesos en 2025.

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Para los conductores que reciben una multa por exceso de velocidad, existen opciones para reducir el valor de la sanción. Si el infractor hace un curso pedagógico de seguridad vial dentro de los primeros cinco días hábiles después de la notificación, puede obtener un descuento del 50 % en el valor de la multa. Si el curso se hace entre el sexto y el vigésimo día hábil, el descuento será del 25 %.

Además del impacto económico, acumular infracciones de tránsito puede conllevar la suspensión temporal de la licencia de conducción, especialmente en casos de reincidencia.

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