Escrito por:  Redacción Carros
Ago 5, 2025 - 7:26 am

En Colombia, la inmovilización de un vehículo es una medida sancionatoria que busca garantizar la seguridad vial y el cumplimiento de las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

(Vea también: Alertan a conductores en Colombia por multa de más de $ 1’200.000; así puede evitarse)

Según el artículo 125 de esta normativa, la inmovilización consiste en la suspensión temporal de la circulación de un vehículo por vías públicas o privadas abiertas al público, trasladándolo a un parqueadero autorizado hasta que se subsane la causa que dio origen a la sanción.

Esta medida va acompañada de multas económicas, cuyo valor varía según la gravedad de la infracción. A continuación, se detallan las principales infracciones que, según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, conllevan la inmovilización de un vehículo, junto con sus respectivas sanciones económicas, basadas en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV) para el año 2025.

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Infracciones que dan para inmovilización de un vehículo

  1. Conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas

Conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas es una de las infracciones más graves contempladas en el artículo 152 del Código. Esta conducta resulta en la inmovilización inmediata del vehículo y multas que varían según el grado de alcoholemia y la reincidencia, oscilando entre 90 SMLDV (4’270.500 pesos) y 1.440 SMLDV (68’328.000 pesos) en 2025, según la Ley 1696 de 2013.

Para conductores de servicio público, transporte escolar o instructores, las multas y la suspensión de la licencia se duplican. El vehículo permanece inmovilizado hasta que se resuelva el proceso administrativo o penal, lo que puede extenderse por un año en casos de reincidencia.

  1. No portar la licencia de conducción o tenerla vencida (códigos B.1 y B.2)

Conducir sin llevar la licencia de conducción o con una licencia vencida implica una multa de 8 SMLDV (aproximadamente 379.600 pesos) y la inmovilización del vehículo hasta que un conductor autorizado con licencia vigente pueda retirarlo. Si no llega una persona con licencia en un plazo de 45 minutos, el vehículo será trasladado a un patio autorizado.

  1. Presentar una licencia adulterada o ajena (código C.1)

Utilizar una licencia de conducción falsificada o que pertenezca a otra persona acarrea una multa de 15 SMLDV (711.750 pesos) y la inmovilización del vehículo. Esta infracción se considera grave, ya que compromete la identificación del conductor y la legalidad de su autorización para conducir.

  1. Conducir sin Soat o con Soat vencido (código D.2)

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) es un requisito indispensable. No portarlo o tenerlo vencido resulta en una multa de 30 SMLDV (1’423,500 pesos) y la inmovilización del vehículo hasta que se presente un Soat vigente. Esta es una de las causas más comunes de inmovilización en Colombia, dado que cerca del 40 % de los vehículos no cumplen con este requisito, según la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

  1. No contar con la revisión técnico-mecánica vigente (código D.1)

La falta de la revisión técnico-mecánica al día provoca una multa de 15 SMLDV (711.750 pesos) y la inmovilización del vehículo hasta que se regularice esta obligación. Este requisito busca garantizar que el vehículo cumpla con condiciones óptimas de seguridad vial.

  1. Transporte informal o no autorizado (código C.45)

Prestar servicios de transporte público, como transporte de pasajeros o escolar, sin autorización, conlleva una multa de 1’623.000 pesos y la inmovilización del vehículo por un período de 5 a 20 días hábiles, según el Decreto 3360 de 2003. Esta sanción también puede incluir la suspensión de la licencia de conducción.

  1. Transitar en sentido contrario, ignorar señales de tránsito o conducir en zonas peatonales (códigos D.3, D.4, D.5)

Conducir en sentido contrario, no detenerse ante un semáforo en rojo o una señal de “Pare”, o transitar por aceras, plazas o vías peatonales da pie para una multa de 30 SMLDV (1’423,500 pesos). En el caso de motocicletas, la inmovilización se mantiene hasta que se pague la multa o la autoridad resuelva el proceso, según los artículos 135 y 136 del Código.

  1. Incumplir el pico y placa (código C.14)

En ciudades como Bogotá, violar las restricciones de pico y placa resulta en una multa de 15 SMLDV (711.750 pesos) y la inmovilización del vehículo si se encuentra en una vía principal. En vías secundarias, el conductor debe mover el vehículo al borde de la vía hasta que termine la restricción.

  1. Vehículos no automotores o de tracción animal en zonas restringidas (códigos A.11 y A.12)

Transitar con vehículos no automotores (como bicicletas o carretas) en autopistas o prestar servicio público con estos vehículos conlleva una multa de 4 SMLDV (189.800 pesos) y la inmovilización por 5, 20 o 40 días, dependiendo de la reincidencia.

Proceso para recuperar un vehículo inmovilizado

Para recuperar un vehículo, el propietario debe:

  • Pagar la multa correspondiente en los puntos autorizados.
  • Subsanar la causa de la inmovilización (por ejemplo, renovar el Soat o la licencia).
  • Cubrir los costos de grúa (entre 114.000 y 162.000 pesos en Bogotá) y parqueadero (aproximadamente 13.000 diarios).
  • Presentar la documentación requerida ante la autoridad de tránsito para obtener el permiso de salida.

En algunos casos, se ofrecen descuentos del 50 % si la multa se paga dentro de los primeros cinco días hábiles y se asiste a un curso pedagógico.

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