De acuerdo con la entidad, nuevamente se suspenden las etapas de cobro ordinario y persuasivo, por lo que la nueva fecha que deberán tener en cuenta los ciudadanos acogidos en este impuesto será en mayo.

“Los contribuyentes a quienes se les generó cuenta de cobro para pagar en marzo (Acuerdo 724 de 2018) tienen plazo para adelantar el pago hasta el 30 de mayo, sin intereses adicionales. Dentro del plazo de la suspensión no se generarán cuentas de cobro”, señaló el IDU en un comunicado.

A la vez, se suspenden los procesos legales y administrativos en los que se ejecutaron cobros coactivos, entre el 13 y 26 de abril de este año.

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En este mismo sentido, agrega la entidad Distrital, “quedarán suspendidos los términos para resolver los recursos, revocatorias directas y reclamaciones interpuestas por los contribuyentes”.

Finalmente, se aclara que todas las personas que requieran el paz y salvo de este impuesto, deberán cancelar el total de la contribución en los bancos aliados.