El procurador delegado para el caso, Rodrigo Bustos, argumentó ante el tribunal contencioso que el congresista Álvaro Uribe podía votar los reparos que el presidente Iván Duque le hizo a la ley estatutaria, que regula la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), porque el artículo que decía que los expresidentes podían ser sujetos de la JEP fue eliminado en 2017, informó Caracol Radio.

“En el acto legislativo que expedía ese norma fue declarada inasequible por la Corte Constitucional de una parte, pero además, en el proyector de Ley Estatutaria durante la plenaria de la Cámara excluyó ese artículo”, manifestó Bustos.

Además, de acuerdo con RCN Radio, el funcionario le dijo al Consejo de Estado que no existen pruebas de que Uribe tuviera un conflicto de intereses sobre ese tema, y por lo tanto no hay “ninguna violación”.

“No hay pruebas de conflicto de interés entre lo que se estaba discutiendo en el Congreso y por eso solicita la Procuraduría que se mantenga la investidura del senador Álvaro Uribe”, señaló Bustos.

Uribe se enfrenta a este proceso por una demanda que un ciudadano interpuso alegando que el expresidente participó en los debates del 23 y 29 de abril del 2019, sobre las objeciones a la JEP, cuando en el 2017 se había declarado impedido para debatir este tema.

Ahora, el Consejo de Estado deberá decidir si mantiene a Uribe en el Congreso, o si le quita su curul como senador de la República.