Según Duque, el veto a esos seis artículos lo hizo con fin de “garantizar que haya verdad, justicia, reparación y no repetición de la violencia del conflicto armado”. Antes de presentar las objeciones, el mandatario aclaró: “El Gobierno continuará con la implementación efectiva y ejecutiva de los compromisos a todas las personas que se encuentran en la reincorporación”.

Los artículos que fueron objetados y las razones de inconveniencia que esgrimió Duque para hacerlo fueron los siguientes:

Artículo 7: “Porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas. Los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas”.

Inciso octavo del artículo 63: “Es inconveniente porque no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los grupos armados que se sometan a un proceso de paz”.

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Inciso tercero del literal J del artículo 79: “Es inconveniente ya que no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe de abstenerse de realizar. Es conveniente definir cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la justicia ordinaria”.

Parágrafo 2 del artículo 19: “Trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. Esa renuncia es inconveniente porque constituiría impunidad”.

Artículo 150: “No precisa lo que ya fue dicho en la ley de procedimiento de la JEP cuando expresa que la sección de revisión del tribunal de paz no puede practicar pruebas”.

Artículo 153: “Porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Esto produce un incentivo para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad.

Duque también anunció que presentará al Congreso una reforma constitucional para modificar el acto legislativo 01 de 2017 que incluya tres puntos: la exclusión de los delitos sexuales contra niños y adolescentes de la justicia transicional, dejar claro que quien reincida en las acciones criminales perderá todos los beneficios, y dejar claro que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2016 y continúen ejecutándose después de la fecha serán competencia de la justicia ordinaria.