Por: Portal Bogotá

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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Mar 18, 2025 - 7:02 pm
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El próximo jueves 20 de marzo de 2025, a las 4:30 p. m., vencerá el plazo para que las personas naturales y jurídicas que cuenten con matrícula de arrendador en Bogotá o que la hayan tenido activa al 31 de diciembre de 2024, presenten su informe anual correspondiente al año 2024.

(Consulta aquí: Distrito presenta nuevo subsidio de arriendo para las familias bogotanas)

¿Cómo debe reportarse el informe anual de arrendador en Bogotá?

Dicho trámite podrá hacerse de manera presencial en la sede principal de la Secretaría Distrital del Hábitat (SDHT) o de manera virtual por medio de la Ventanilla Única de la Construcción (VUC). Las personas que no cumplan con este requisito se exponen a la imposición de sanciones que oscilan entre uno y cien salarios mínimos mensuales legales vigentes.

¿Qué es la matrícula de arrendador en Bogotá?

La matrícula de arrendador es un permiso que el Distrito, por intermedio de la Secretaría Distrital del Hábitat, asigna a personas o empresas para ejercer actividades de arrendamiento o administración entre arrendador y arrendatario sobre cinco o más inmuebles que estén destinados a vivienda urbana.

Esto quiere decir que quienes ejerzan estas actividades con cuatro o menos inmuebles no están obligados a solicitar matrícula ni a presentar informe anual.

(Lea también: Bogotá les pegará barrida a 10.000 carros y motos: dueños, pilas porque pueden perderlos)

¿Cómo presentar el informe 2024 de arrendador en Bogotá?

Con el propósito de facilitar el trámite a los arrendadores capitalinos, la Secretaría Distrital del Hábitat (SDHT) ha creado un micrositio en el que los interesados podrán encontrar la información y los formatos necesarios para tal fin. El micrositio puede ser consultado en:

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Recuerde que todos los trámites de la Secretaría Distrital del Hábitat son gratuitos y no requieren intermediarios. 

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