Buscar avales para ser parte de las comunidades indígenas sería la nueva estrategia de los cabecillas de estructuras delincuenciales para evadir la cárcel. Con cinco miembros de bandas de Bello condenados se estaría evidenciando esta modalidad, en la cual se darían altas sumas de dinero, en muchos casos, a cambio de tener un documento en el que se afirme que ellos son “indígenas” para sustentar el pedido ante un juez.

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Hasta $ 100 millones estarían ofreciendo estos cabecillas a los gobernadores y representantes de comunidades indígenas para que les otorguen el documento que les permita recibir los beneficios de la Jurisdicción Especial Indígena, tales como ser trasladados a los resguardos de las comunidades étnicas a las cuales dicen pertenecer.

Este era un rumor que se venía madurando en el bajo mundo y que quedó en evidencia luego de la denuncia del exsecretario de Seguridad de Medellín, Andrés Felipe Tobón Villada, lo que puso en evidencia este método que está siendo usado por miembros de las bandas Pachelly, El Mesa y Los Triana.

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Los que estarían usando este método, según los reportes judiciales, serían Jhonathan Alexánder Castrillón Arango, alias “Pirry”, Róbinson Abraham Tobón Duque, alias “el Perro”, y Néstor Estivell Rodríguez, alias “Peluche”, por El Mesa. Por Pachelly lo estaría haciendo Albert Antonio Henao Álvarez, alias “Alber”; y por Los Triana, Maximiliano Gil Durango, alias “Tombito”.

¿Cómo lo estarían haciendo?

En la mayoría de los casos, según lo indagado EL COLOMBIANO, los representantes de estos cabecillas estarían visitando a los gobernadores indígenas para hacerles la oferta económica, mientras que en otros estarían haciendo uso del aval sin que el máximo representante de la etnia tenga conocimiento, como lo señaló Tobón Villada.

El representante de una comunidad indígena relató que “un señor que estaba en la cárcel por temas de microtráfico dijo que quería someterse a la Jurisdicción Especial Indígena, y ofreció $ 100 millones para ser amparado. Yo no acepté, pero sí conozco de casos donde reciben el dinero”.

La treta jurídica apela al derecho constitucional de proclamarse miembro de una etnia por temas de arraigo familiar, cultural o de lenguaje. Según explicó José Adalberto Muyuy, miembro fundador de la Asociación de Cabildos en Contextos de Ciudad (Ancic), cuando se hace el proceso de autorreconocimiento se identifica si la persona realmente pertenece a la comunidad indígena, a cuál generación y qué costumbres mantiene. Después de establecerlo, se inicia un proceso de seguimiento y en caso de cumplirlo, se otorga el aval.

Pero todos estos trámites, que varían dependiendo de la comunidad, se han visto perturbados por otros intereses, lejanos de cualquier arraigo, que pasan generalmente por temas protagónicos o legales.

“Hay personas que son malintencionadas y quieren utilizar el tema para temas diferentes a la identidad indígena. Ahí es donde empieza para nosotros el conflicto”, señaló Muyuy.

Por ejemplo, según las peticiones de los cabecillas a los jueces, “Alber” pidió ser del resguardo indígena Umbra Guaqueramae, ubicado en Quinchía (Risaralda), aval que no ha sido otorgado. A esta misma comunidad pidió su traslado alias “Pirry”.

“Peluche” pidió que lo movieran al resguardo ‘El Águila’ del pueblo Misak, en Belén de los Andaquíes (Caquetá), mientras que “el Perro” y “Tombito” hicieron el requerimiento para el resguardo ‘Kwe Sx Yu Kiwe’, en Florida (Valle del Cauca).

Un abogado cercano a las bandas criminales señaló que las exigencias para obtener estos avales no son tan rigurosas, porque, “en esencia, los colombianos tienen arraigos indígenas y, en otros casos, estos se pueden obtener como una ciudadanía extranjera, por algún vínculo marital”.

El director seccional de Fiscalías Medellín, Ricardo Romero, indicó que este tipo de requerimientos se salen de su jurisprudencia, puesto que se hacen cuando ya fueron condenados. “Nosotros cumplimos con el proceso como se debía y esto se hace, generalmente, ante la judicatura”.

Y esta decisión judicial está avalada en la Ley 65 de 1993 del estatuto penitenciario, la cual indica que si una persona pertenece a una comunidad étnica, debe ser recluido en un centro acorde a su condición política, social o étnica.

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Iván Durango, abogado penalista, explicó que cada juez debe estudiar las condiciones sobre las cuales se demuestra si una persona pertenece a un grupo indígena, según la Corte Constitucional, y definir cómo deben cumplir su pena en caso de cometer un delito, haciendo prevalecer el respeto por la diversidad étnica.

Todo muy claro en el papel, pero otra vez se evidencia que acá en Colombia, hecha la ley, hecha la trampa.