En 2018, la condena permitió la puesta en libertad provisional de los abusadores, lo que desató enormes protestas en todo el país, principalmente de colectivos feministas.

Los integrantes de ‘La Manada’, como se hacían llamar en un grupo de WhatsApp donde se jactaron de sus acciones, fueron acusados de abusar sexualmente en grupo de la joven en Pamplona, en plenas fiestas de San Fermín.

Menos de un cuarto de hora después de encontrarla borracha, le hicieron felaciones y la penetraron sin preservativos en la entrada de un edificio, tras lo cual le robaron el teléfono móvil y la dejaron semidesnuda.

Luego compartieron las imágenes grabadas por WhatsApp, una prueba utilizada en su contra en el juicio pero también contra la víctima, que debió justificar su aparente pasividad.

Cinco magistrados del Supremo, dos de ellos mujeres, examinaron el viernes los recursos de las acusaciones y la defensa.

Concluyeron, por unanimidad, que sí hubo violación, un delito que la ley española exige que haya intimidación o violencia.

“El relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”, escribió la corte.

Consideró que la joven adoptó “una actitud de sometimiento (…) ante la angustia e intenso agobio”, sin poder evitar las “diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”.

Además de condenar a los hombres a 15 años de prisión, la corte les prohibió acercarse a la víctima por 20 años y pidió que la indeminzaran con 100.000 euros (unos 360 millones de pesos).

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Uno de los acusados recibió 2 años de prisión adicional por haberle robado el teléfono móvil.

En una audiencia en el Supremo, la fiscal Isabel Rodríguez pidió 18 años de cárcel para cada uno de ellos, asegurando que la joven debió adoptar una actitud de sometimiento al verse rodeada por “cinco varones adultos y de fuerte complexión física” de entre 24 y 27 años.

“No se puede exigir a las víctimas actitudes peligrosamente heroicas”, según la jurisprudencia del Supremo, agregó Rodríguez.

El abogado de la defensa, Agustín Martínez, solicitó la absolución de los acusados, a quienes presentó como “inocentes”. La joven, dijo, nunca dio señales de no consentir, ya que no protestó, gritó ni se resistió.

Sus clientes, continuó, carecieron de “un juicio justo” porque “la sociedad dictó sentencia” con las protestas. “‘No es no’ se ha convertido en eslogan” de las movilizaciones feministas, pero “para que sea no, hay que decir ‘no'” explícitamente, agregó.

El gobierno socialista ha mostrado su voluntad de reformar el Código Penal para introducir la idea de consentimiento explícito, a semejanza de Suecia, donde todo acto sexual sin asentimiento claro es considerado una violación.

Ni la víctima, que ha evitado aparecer en público, ni los cinco acusados, uno de ellos ex militar y otro Guardia Civil, acudieron a la audiencia.

En abril de 2018, los cinco acusados fueron condenados a nueve años de cárcel por abuso sexual, pero la calificación de violación fue descartada por los jueces al no ver ni intimidación ni violencia. Un fallo ratificado en la instancia de apelación.

En toda España, multitudes de adolescentes salieron a las calles bajo el lema “Yo sí te creo”, en apoyo a la víctima. Fuera del país el caso generó nutridas movilizaciones feministas en Chile.