La decisión se adoptó por el incumplimiento en el reporte de información necesaria para las labores de inspección y vigilancia de la entidad; por inconsistencias en la administración y el flujo de recursos hacia la red prestadora de servicios de salud, así como en los reportes que garantizan la destinación de los dineros al pago de las obligaciones con terceros, explicó la Superintendencia de Salud.

La resolución 8925 del 2 de octubre de 2019, a través de la cual se determinó la medida por un año, señala que para cada trimestre de la vigencia de 2019, la EPS no hace lo necesario para identificar y pagar las obligaciones por la prestación del servicio.

Emssanar S.A.S. deberá garantizar el aseguramiento en salud, la prestación de los servicios a sus afiliados y el suministro oportuno de los insumos y tecnologías, sentenció la Superintendencia.

Lee También

La entidad manifestó que la resolución ordena a la EPS presentar, en 20 días calendario, las acciones y estrategias que aplicará para solucionar los problemas encontrados por la Supersalud.

Además, los primeros 20 días calendario de cada mes deberá reportar los resultados de los indicadores que establezca la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia, para los componentes administrativo, financiero y técnico científico.

Con este vigilancia especial, Emssanar no podrá recibir nuevos afiliados ni aceptar traslados, detalló la autoridad.

Esta EPS opera en 102 municipios de 4 departamentos del país (Valle del Cauca, Nariño, Putumayo y Cauca).

Esta es la distribución de los casi 2 millones de afiliados de Emssanar, según la Supersalud:

  1. Valle del Cauca: 963.511 usuarios.
  2. Nariño: 647.919 usuarios.
  3. Putumayo: 176.600 usuarios.
  4. Cauca: 115.793 usuarios.