Para finalizar el 2023 marcado por la inflación, se suma una nueva preocupación en materia de tributación para las medianas y pequeñas empresas colombianas.
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Estas empresas en su planeación fiscal para el cierre del año 2023 deberán tener en cuenta la Tasa de Tributación Depurada (TTD), producto de la reforma tributaria del 2022 (Ley 2277) y que las obligará a pagar un impuesto de renta mínimo del 15 %.
Esta Tasa de Tributación Depurada, incorporada en el parágrafo 6 del artículo 10 de la reforma tributaria es una adopción tomada del pilar 2 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
En sí, por lo que deben responder microempresarios es el cociente entre los impuestos por los que debe pagar y la utilidad contable depurada.
En caso de que la tasa de tributación depurada sea inferior al 15 %, se deberá determinar el valor del impuesto a adicionar para alcanzar la tasa del 15 %.
Originalmente el pilar fue diseñado para garantizar que las multinacionales paguen un nivel mínimo de impuestos en cada jurisdicción en la que operen.
Expertos explican por qué la Tasa de Tributación Depurada afana a microempresarios
“El principio de equidad y progresividad, que busca que la carga tributaria se distribuya de acuerdo con la capacidad económica de cada contribuyente, se ve desafiado por la TTD, pues al establecer una tasa plana del 15 %, no se distingue entre empresas de diferentes tamaños”, expresó Juan Carlos Arbeláez, Socio de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Colombia.
“En este contexto, las pequeñas y medianas empresas colombianas, que constituyen el núcleo de la economía nacional, podrían verse desproporcionadamente afectadas, poniendo en riesgo su viabilidad y, por ende, el empleo y la inversión”, agregó el experto.
Desde el principio de eficiencia tributaria, la TTD plantea retos adicionales. Su estructura compleja y detallada puede generar costos administrativos significativos, especialmente para empresas que no cuentan con amplios recursos y robustos equipos en sus áreas fiscales internas para atender sus obligaciones tributarias.
En este caso, el principio de certidumbre, esencial para un sistema tributario, puede verse comprometido debido a las ambigüedades y excepciones inherentes al cálculo de la TTD que evidentemente ponen en franca desventaja a las pequeñas empresas.
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“Ahora, aunque en el momento se encuentran instauradas demandas de inconstitucionalidad contra esta norma en particular, lo único cierto es que las empresas, sin importar su tamaño, deben analizar el impacto de esta, y ya sea desde sus propios equipos o acudiendo a terceros expertos, hacer una adecuada planeación para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Esto a pesar de que la recaudación fiscal no debe lograrse a expensas de la equidad, la justicia y la certidumbre que toda empresa merece”, concluyó Arbeláez.
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