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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Abr 6, 2026 - 6:51 am
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La Corte Constitucional se ha pronunciado, en reiteradas ocasiones, sobre lo que pasa cuando hay cambio de identidad de género y los efectos de la pensión en Colombia para las personas que deciden llevar a cabo el cambio de componente de sexo.

Varios llamados de atención han hecho los mismos fondos de jubilación, quienes piden tener controles rigurosos por los fraudes que se pudieran presentar por personas que buscan ese reconocimiento solamente por tener un cambio de condiciones en la jubilación.

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El alto tribunal ha sido enfático en que la pensión en Colombia debe reconocerse, cuando hay cambio de identidad de género, bajo los requisitos rigurosos que impone la ley.

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La Corte, en la Sentencia SU-440 de 2021, explicó cómo deben aplicarse las edades y semanas de cotización cuando existe un cambio de componente de sexo en el documento de identidad. Las mujeres trans, en ese sentido, pasarán a jubilarse a los 57 años, mientras que los hombres con cambio de componente de sexo deben cumplir el requisito de los 62 años.

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Pensionarse en Colombia con el cambio de identidad de género

La misma Corte ha pedido a los fondos no “entorpecer o limitar” estas modificaciones sobre la base de que pueden darse fraudes de algunos solicitantes.

Lo anterior pues se presume la buena fe del ciudadano al realizar el cambio de identidad de género en su registro civil y cédula, al tiempo que se establece que, más allá de los nuevos requisitos de pensión en Colombia, el cambio se da por “la autopercepción y dignidad humana”.

Un punto determinante cuando se da el cambio de identidad de género es si beneficios extra, como la reducción de semanas de cotización para las mujeres, aplican en estos casos. La Corte Constitucional, en la sentencia C-197 de 2023, ordenó legislar para la reducción progresiva de las semanas de cotización para las mujeres de 1.300 a 1.000, advirtiendo que esta protección cobra mayor relevancia y debe ser aplicada.

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Finalmente, mediante la Sentencia T-033 de 2022, la Corte avanzó para que se cree la identificación de sexo «No Binario» (NB), pero no se ha legislado sobre los requisitos que deberían aplicarse, para estos casos, cuando se trata de exigencias de pensión en Colombia.

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