Escrito por:  Redacción Economía
Jul 14, 2025 - 2:21 pm

A partir de la mencionada fecha los trabajadores colombianos verán un cambio en sus rutinas laborales con la entrada en vigor de una nueva reducción gradual en la jornada semanal. Esa disminución se da como parte de la implementación de la Ley 2101 de 2021, que plantea una transición de 48 a 42 horas semanales en un proceso que irá hasta 2026.

(Vea también: ¿Se acabaron los festivos? Aclaran qué pasará con los trabajadores por reforma laboral)

Este año, el ajuste será de 46 a 44 horas por semana, lo que les permitirá a los empleados tener más tiempo libre y de esparcimiento con sus familias. El Gobierno ha defendido esta medida afirmando que busca mejorar la calidad de vida y el equilibrio entre la vida personal y el trabajo de los ciudadanos.

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¿La hora de almuerzo cuenta dentro del horario laboral en Colombia?

Sin embargo, una de las dudas más comunes entre empleados y empleadores es si la hora de almuerzo cuenta dentro del nuevo horario. En ese sentido, el Tiempo consultó fuentes oficiales y confirmó que no. De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, el tiempo destinado para comer no hace parte de la jornada laboral y, por tanto, no puede usarse para completar las horas reglamentarias.

“La jornada laboral máxima legal semanal la podrán acordar empleador y trabajador entre 5 o 6 días a la semana, sin afectar el día de descanso […] Se reitera que la hora de almuerzo no forma parte de la jornada laboral”, comenta la cartera laboral.

Aunque este espacio no cuenta dentro de la jornada, las partes sí pueden pactar cómo se tomará. Y es que los trabajadores y empleadores pueden llegar a acuerdos mutuos sobre si hay o no una pausa diaria para el almuerzo, la cual debe respetarse conforme a lo que se haya pactado en cada organización.

Respecto a si existe una hora específica establecida para almorzar, el ministerio indicó que no. La legislación colombiana solo exige que haya un tiempo de descanso dentro de la jornada, pero no determina un horario exacto. El artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo y conceptos del Ministerio del Trabajo confirman que esta pausa no debe contarse como tiempo trabajado.

Comparado con otros países, en Perú sí existe un tiempo formal llamado ‘refrigerio’, de mínimo 45 minutos. No obstante, ese periodo tampoco se considera trabajado, salvo que haya un acuerdo colectivo entre trabajadores y empleadores.

¿Cuándo empieza a regir aumento en pago de dominicales por reforma laboral?

En la reforma laboral quedó aprobado que los empleados que trabajen los domingos recibirán una remuneración adicional del 100 %, pero este será un aumento paulatino. En el artículo quedó establecido que empezará en un 80 %, en 2026 será del 90 % y para el 2027 llegará al 100 %.

Según dijo el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó que el aumento al 80 % comenzará para todos los empleados que trabajen este fin de semana del 13 de julio.

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