El Gobierno Nacional expidió el Decreto 489 del 2024 el cual define las condiciones y porcentajes para llevar a cabo la figura propuesta por el presidente Gustavo Petro del giro directo a las EPS.
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Los recursos correspondientes de la Unidad de Pago por Capitación – UPC, del régimen contributivo, y los recursos correspondientes a presupuestos máximos de los regímenes contributivo y subsidiado.
De esta forma, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) será la encargada de girar directamente como mínimo un 80 % de los recursos referentes a la UPC y a los Presupuestos Máximos a las instituciones y entidades que presten servicios de salud y provean tecnologías en salud, sin que este dinero pase por las EPS.
¿Cómo será el giro directo a las EPS?
La medida de giro directo procederá en los siguientes casos:
- Cuando las Entidades Promotoras de Salud – EPS y Entidades Obligadas a Compensar – EOC no cumplan con el indicador de patrimonio adecuado, es decir, no cuenten con los suficientes recursos para garantizar el respaldo presupuestal necesario para la operación y prestación de los servicios de salud
- Cuando las EPS y EOC se encuentren en medida de vigilancia especial, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud
- Cuando las EPS y EOC se quieran acoger a este mecanismo de manera voluntaria.
Ahora bien, resulta necesario precisar que: “Esta medida de giro directo no exime a las EPS del cumplimiento de sus obligaciones con la red de prestadores y proveedores por los montos no cubiertos, ni a los prestadores de servicios de sus obligaciones contractuales”, apunta el Ministerio de Salud.
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- Porcentajes
La Adres realizará el giro directo de los valores reconocidos por concepto de UPC a las IPS y proveedores de tecnologías en salud. Los porcentajes de estos giros son los siguientes:
1. En casos de incumplimiento de la normativa de patrimonio adecuado, el giro será al menos el 80 % del valor de la UPC.
2. Si la entidad está bajo vigilancia especial, intervención administrativa o liquidación, el giro será al menos el 80 % de las UPC reconocidas, luego de aplicar los descuentos correspondientes.
3. En el caso de manifestación voluntaria, el giro será al menos el 80 % del valor de la UPC reconocida.
- Vigilancia y control de giro directo
La Adres será responsable de definir las condiciones técnicas y operativas para la implementación, aplicación, control y seguimiento del giro directo de los recursos asignados a las EPS del régimen contributivo y subsidiado.




Estos recursos corresponden a los presupuestos máximos destinados a financiar tecnologías en salud no cubiertas por la UPC.
Además, el Ministerio de Salud, junto con la Adres, establecerán un mecanismo para supervisar continuamente la oportunidad, programación, destino y ejecución de estos recursos por parte de las EPS, las IPS y los proveedores de tecnologías en salud.
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El presidente Gustavo Petro encabezó en Puerto Asís, Putumayo, el acto protocolario de destrucción de material bélico entregado por la disidencia conocida como Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), como parte de los avances hacia la paz total.
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