
En Colombia, los ciudadanos ya hacen cuentas para los gastos que vienen en diciembre: servicios públicos, transporte, vacaciones, regalos de Navidad, etc. Por ello, para muchas personas resulta sustancial el pago extra que reciben de la prima de fin de año, gracias a sus labores en una empresa o en otro tipo de servicios generales.
Sin embargo, hay varios trabajadores a quienes la ley colombiana no cobija para hacer ese cobro, por lo que dependerán de otras fuentes de ingreso para su sustento durante el fin de año.
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¿Qué personas no reciben la prima de diciembre en Colombia?
A continuación, vea quiénes no reciben el pago extra, también conocido como aguinaldo y cuyo pago se debe hacer máximo el 20 de diciembre:
- Trabajadores que hacen prestación de servicios: laboran de manera indirecta para una empresa, por lo que su pago no se refleja en un salario fijo sino según los servicios a los que contribuyan.
- Independientes: Trabajan bajo su propia cuenta y no tienen vínculo ni algún tipo de contrato con alguna empresa, lo que los diferencia de quienes hacen prestación de servicios. Al no estar en las mismas condiciones laborales de un contrato fijo es que no reciben el monto extra.
- Trabajadores con salario integral: Este tipo de pago incluye, además del sueldo base, distintos beneficios como bonificaciones, prestaciones sociales, seguros, comisiones, auxilios y más. Al estar lo suficientemente cubiertos es que no pueden acceder al pago extra.
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- Contrato de aprendizaje: Los practicantes universitarios también quedan fuera del pago de prima; por ley sus vínculos con una empresa están enfocados en formación profesional y esto no contempla el aguinaldo.
- Trabajadores temporales: están contratados para laborar por cierto periodo de tiempo. Al laborar de forma ocasional es que no pueden acceder al beneficio económico.




De resto, tanto empleados, personas de servicios generales y pensionados, deben tener presente que, por ley, tienen derecho a ese pago, que se resume a la mitad del salario base.
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