Así, el Tribunal amparó los derechos colectivos al goce de un medio ambiente sano y la existencia de un equilibrio ecológico en Johnny Cay. Aceptó la petición del Ministerio Público en defensa de la salubridad, medio ambiente sano y la protección de áreas de especial importancia ecológica”, informa la Procuraduría en un comunicado.

También ordenó a Coralina que en seis meses actualice el Plan de Manejo Ambiental de Johnny Cay Regional Park y que en coordinación con la Dirección General Marítima (Dimar) aseguren que el número de visitantes no exceda la capacidad de carga en el área.

La Procuraduría sustentó esta petición en la presencia masiva y desmedida de visitantes, situación que se agrava por la falta de redes de acueducto, alcantarillado, saneamiento básico, la inexistente prestación de servicios públicos y el inadecuado manejo sanitario.

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El comunicado agrega que el Tribunal de San Andrés también ordenó capacitar a los operadores logísticos para el cambio gradual de materiales desechables como plásticos e icopor por biodegradables, y elaborar un video, para ser presentado a los visitantes, con los mínimos cuidados ambientales que deben tener por tratarse de un área protegida, precisando las actividades permitidas y prohibidas.

Así mismo, en la página web de la autoridad ambiental deberán actualizar en el término de 15 días la descripción geográfica del Johnny Cay Regional Park, el horario de atención, los servicios que ofrecen, las recomendaciones especiales, en aras de fomentar actitudes ambientales de protección en los visitantes.

El Tribunal también ordenó la conformación de un Comité de Verificación con representantes de la Procuraduría General en calidad de accionante, de la Corporación Ambiental Coralina, del departamento, de la Dirección General Marítima (Dimar), de la Policía Nacional y del Ministerio Público.