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Este artículo fue curado por pulzo   Dic 16, 2025 - 6:49 pm
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La Procuraduría General de la Nación notificó recientemente la apertura de una investigación disciplinaria por la posible conducta indebida del alcalde de Pereira, centrando la atención sobre su presunta interferencia en asuntos electorales a favor de su esposa, María Irma Noreña. En un comunicado público, el ente de control indicó que la pesquisa se enfoca en la supuesta participación política del funcionario en la promoción de la candidatura de Noreña al Senado para el periodo 2026-2030, lo que podría constituir una falta disciplinaria según el marco legal colombiano. Este señalamiento surge en medio de un contexto político marcado por tensiones y polémicas en la capital de Risaralda, donde la figura de Noreña ha sido protagonista de varios episodios controversiales durante los últimos años.

La controversia tomó fuerza en 2024 cuando María Irma Noreña decidió renunciar a su cargo como gestora social, después de desatarse una polémica por la aparición de su imagen en los recibos de agua distribuidos en Pereira. Esta situación generó cuestionamientos y debates en la opinión pública, reavivando el escrutinio sobre su rol en la administración local y su vinculación con el ejercicio del poder desde diferentes frentes. La trayectoria de Noreña en el sector público incluye su paso por la Secretaría de Desarrollo Social, la Gerencia del Deporte y la dirección de la Empresa de acueducto y alcantarillado Aguas y Aguas. En esta última entidad, su gestión también fue objeto de críticas por el manejo del gasto público, según reseñó el portal La Cola de Rata.

El anuncio oficial de la Procuraduría menciona que la investigación se fundamenta en denuncias publicadas por varios medios de comunicación. Según estos reportes, el alcalde habría estado presionando la recolección de firmas para la campaña al Senado de su esposa al interior de varias dependencias municipales. La Delegada Segunda para la Vigilancia Administrativa, instancia encargada del caso, destacó la importancia de verificar la existencia de planillas en las que funcionarios públicos habrían suministrado información personal para apoyar la candidatura de Noreña.

Igualmente, la entidad de control examinará pruebas como registros de audio en los que se solicitaría a servidores públicos respaldar la aspiración política de Noreña y comprometerse a garantizar un número específico de votos. Todos estos elementos serán determinantes para establecer si la conducta del alcalde constituye o no una infracción disciplinaria, así como para evaluar si existe alguna circunstancia legal que lo exonere de responsabilidad. El Ministerio Público subrayó que el proceso apenas se inicia y no implica aún una sanción, sino la necesidad de esclarecer si los hechos denunciados violentan las normas de participación política de los funcionarios públicos.

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De esta manera, el caso pone sobre la mesa el delicado equilibrio entre el ejercicio de cargos públicos y la participación en procesos electorales. La situación plantea interrogantes sobre los límites éticos y legales que deben respetar los funcionarios al apoyar candidaturas relacionadas con familiares directos, al mismo tiempo que resalta la importancia de la transparencia y la vigilancia administrativa en contextos de alto interés político.

¿Cuáles son las consecuencias para un funcionario público si se demuestra participación indebida en política?

El debate en torno a la presunta intervención política de un funcionario en las campañas de familiares no solo refiere al caso puntual de Pereira, sino que conecta con un principio fundamental de la función pública: la imparcialidad. La normatividad colombiana prohíbe que los empleados estatales utilicen su posición o recursos oficiales para favorecer intereses particulares o partidistas, especialmente en procesos electorales, a fin de salvaguardar la integridad democrática.

Caso de comprobarse una falta disciplinaria relacionada con participación indebida en política, el funcionario puede enfrentar desde sanciones leves como amonestaciones hasta suspensiones temporales o destitución del cargo, dependiendo de la gravedad y el impacto de sus acciones. Tales consecuencias buscan no solo sancionar conductas irregulares, sino también enviar un mensaje claro sobre el deber de neutralidad que tiene todo servidor público durante los procesos electorales.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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