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Una reciente sentencia del Consejo de Estado dejó al descubierto graves irregularidades en la adjudicación de un contrato millonario en 2023, bajo la administración de Daniel Quintero en Medellín. El proceso giró en torno a la intervención de las calles de la ciudad y terminó con la nulidad de la licitación, evidenciando que la administración descalificó de manera arbitraria e ilícita la propuesta presentada por el Consorcio Génesis, la cual era la opción más ventajosa para las finanzas del Distrito, según lo expuesto en la decisión judicial citada por El Colombiano.
El tribunal cuestionó fuertemente el informe técnico elaborado por la administración, pues se basó en errores aritméticos que distorsionaron la comparación de los precios. Una de las falencias fue la confusión entre unidades de medida: se confrontaron precios expresados en toneladas (como los ofertados por Génesis) frente a referencias del Instituto Nacional de Vías (Invías), que estaban en metros cúbicos, asumiendo equivocadamente que ambas medidas eran equivalentes. Adicionalmente, no se consideraron las ventajas por economías de escala presentes en la propuesta del consorcio y se establecieron tiempos irrisorios, inferiores a tres horas, para que Génesis respondiera aclaraciones técnicas complejas, incluso en horarios poco hábiles.
Como resultado directo de estas actuaciones irregulares, el Consejo de Estado ordenó indemnizar al Consorcio Génesis con $2.496 millones, valor indexado que corresponde a las utilidades que dejó de recibir. Además, responsabilizó patrimonialmente a Evelyn Tatiana Beltrán Sierra, entonces secretaria de Suministros y Servicios, a quien se ordenó reintegrar el 45% de la sanción ($1.123 millones) al erario público.
La administración Quintero había justificado la exclusión de Génesis argumentando que su oferta era un “precio artificialmente bajo”. Sin embargo, el Consejo de Estado comprobó, tras revisar el dictamen del comité evaluador, que su propuesta sí era válida, ya que el consorcio tenía ventajas competitivas legítimas: era socio mayoritario de una planta de asfalto, eliminando intermediarios y abaratando el insumo principal; además, contaba con maquinaria propia y una sólida plantilla de personal. Incluso, el consorcio había ejecutado contratos similares con el Distrito, lo que demostraba experiencia local relevante.
El análisis erróneo del revisor técnico llevó a que nunca se aplicara la conversión estándar de la industria del asfalto, donde 1 metro cúbico equivale a 2,4 toneladas. Aplicada correctamente, la oferta de Génesis no era menor, sino 29,6% más alta que la referencia institucional. Por otra parte, el informe técnico confrontó precios no comparables con el objeto contractual: por ejemplo, comparó mezclas asfálticas distintas y desestimó los costos reales de transporte y descuentos por volumen en Medellín. Finalmente, se limitó el derecho a la defensa del proponente al darle plazos insuficientes para sustentar su oferta en medio de una licitación compleja.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué fue anulada la licitación millonaria de las calles de Medellín en 2023?
La licitación adjudicada en 2023 para intervenir las calles de Medellín fue anulada por el Consejo de Estado porque se comprobó que la administración descalificó injustificadamente la propuesta del Consorcio Génesis. La sentencia concluyó que la exclusión estuvo sustentada en errores aritméticos —como la confusión de unidades de medida—, análisis técnico defectuoso y plazos muy cortos e injustificados para responder aclaraciones, lo cual impidió una valoración objetiva y equitativa de la oferta, según El Colombiano.
¿Cuáles fueron los errores técnicos en el informe que dejó fuera al Consorcio Génesis?
Los errores técnicos principales en el informe usado para descalificar al Consorcio Génesis incluyeron comparar precios ofertados en toneladas contra referencias en metros cúbicos, sin hacer la conversión correspondiente; comparar mezclas asfálticas de características diferentes; y omitir aspectos como los descuentos por volumen y la experiencia local del proponente. Adicionalmente, se solicitó información adicional con plazos demasiado cortos, obstaculizando el derecho a la defensa del consorcio.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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