Con esa decisión, jueces y notarios quedan obligados a celebrar matrimonios de parejas del mismo sexo en aras de proteger los derechos a la igualdad y la dignidad humana de las que quieran casarse, informa CM&.

La sentencia, además, se refiere a dos casos en los que la Procuraduría intervino para anular uniones registradas en juzgadas y le advierte al ente de control que en el caso de los matrimonios del mismo sexo no tiene legitimidad para intervenir, ya que en esas situaciones no se están vulnerando otros derechos, agrega el noticiero.

El tribunal también determinó que el derecho de casarse se extiende a todas las parejas del mismo sexo del país y que la protección de la familia no es exclusiva de las parejas heterosexuales.

De esta forma, la Corte Constitucional resuelve la discusión en torno al artículo 42 de la Constitución Política de Colombia, que define a la familia como el núcleo que se constituye “por la decisión libre de un hombre y una mujer”.

Esta decisión significa que las parejas del mismo sexo que se casen podrán gozar de los derechos “a la seguridad jurídica y al mínimo vital” que se adquieren con el matrimonio, explica CM&.