En rueda de prensa, los magistrados informaron que no ejercerán el control automático de constitucionalidad que le corresponde de la ley de la JEP hasta que las seis objeciones surjan su trámite en la Cámara de Representantes y en el Senado.

Así lo explicó la magistrada Gloria Stella Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional:

“En este momento la Corte no asumirá el conocimiento de lo que aún se encuentra en trámite. Si las objeciones están en el Congreso, consideramos que el órgano para analizarlas es el Congreso. Una vez concluido ese trámite y determinada la decisión allá o incluso el paso del tiempo, la Corte podría asumir todo el proceso integral de este trámite de constitucionalidad”.

“Eso no significa que la Corte no pueda en algún momento revisarlo porque si ese trámite en el Congreso produce modificaciones al contenido más general al proyecto de ley, e involucra un trámite legislativo la Corte tiene un control previo, automático y único de constitucionalidad”, puntualizó la magistrada Ortiz.

Michelle Bachelet

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En ese sentido, el alto tribunal dijo que no atenderá la petición de Alejandro Chacón, presidente de la Cámara, para que la Corte diera un concepto sobre si las objeciones eran por inconveniencia política, como lo mencionó el presidente Iván Duque, o son inconstitucionales.

Ahora, el Congreso debe debatir y decidir si acepta o modifica las objeciones. Luego de eso, enviaría a la Corte un expediente legislativo.

A partir del momento en que el Congreso tome una decisión, la Corte asume la competencia para ejercer el control sobre el procedimiento y contenido, y resolverá los problemas jurídicos que surjan, para que la JEP pueda tener la ley para su funcionamiento.