Por la muerte de Luis Fernando Campos Yannelli, el reconocido Club El Nogal tendrá que pagar una multa de 2.300 millones de pesos a los familiares cercanos del ciudadano mexicano que falleció el pasado 26 de agosto de 2014 a causa de una intoxicación por monóxido de carbono.

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Así lo determinó el Juzgado décimo civil del Circuito de Bogotá por medio de una condena a esa Corporación por la filtración de los gases del ducto de la caldera del club. Razón por la que un juez declaró responsable al Club por los perjuicios causados a los demandantes Luis Fernando Campos Lobo, padre de la víctima; María de Lourdes Yannelli Alquicira, madre; y Mellisa Campos Vega y Gonzalo Campos Vega, hijos.

Campos Yannelli habría llegado desde México para hospedarse en la habitación 23 del club en la ciudad de Bogotá para asistir a diferentes reuniones en compañía de su amigo Felipe Sánchez. A Campos le habrían prestado atención luego de un desmayo en su habitación. Al día siguiente, Sánchez fue a visitar a su amigo a la habitación pero lo encontró sin vida sobre la cama.

“El hombre regresó a la misma habitación del club El Nogal, pero, al día siguiente, gracias a una solicitud de la compañera sentimental de Campos, personal del hotel accedió a la habitación y encontró a Fernando Campos sin vida, informando al gerente del establecimiento y dejando constancia del inventario de los bienes encontrados”, explica el fallo.

El informe de Medicina Legal indicó que el motivo de la muerte fue intoxicación por monóxido de carbono porque en la muestra de sangre “se indica la presencia de carboxilo hemoglobina en una concentración del 60%, lo cual es factor de relevancia para generar los efectos en el organismo de la persona, conforme al informe pericial de necropsia sumado a las declaraciones que rindieron los doctores Andy Ximena Camargo Chaparro, médico forense y blanca Yaneth Suárez”.

Según la sentencia, para ese momento los ductos de las chimenes no tenían mantenimiento y habían realizado una intervención sin atender a las advertencias de los expertos, por lo que “en criterio de este juzgado se encuentran acreditados los elementos necesarios para predicar la existencia de responsabilidad civil de la entidad demandada, porque, en primer lugar, se demostró el hecho atribuible a la demandada, que consiste en la existencia de un orificio en el ducto de la chimenea o las modificaciones de la chimenea por la instalación de una tubería, sumada a la falta de mantenimiento de aquellas instalaciones, para la época de los hechos”, dicta el juzgado.

Por su parte, el Club El Nogal apelará la decisión al considerar que tras el hecho han colaborado de manera oportuna y han atendido los requerimientos solicitados, además, “ hará uso del recurso de apelación, para continuar demostrando que no tiene ni tuvo responsabilidad en este caso, pues desde su fundación, la Corporación Club El Nogal, siempre ha atendido todos los protocolos de las autoridades y no existe prueba científica contundente que demuestre la responsabilidad del Club en la supuesta fuga de gas e intoxicación por monóxido de carbono en que se fundamenta la demanda”.

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Así las cosas, para el próximo 31 de marzo están citados el exgerente del Club Luis Fernando González Vargas, y los trabajadores de mantenimiento Juan Casadiego y Ricardo Muñoz por su presunta participación en los hechos.