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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   May 12, 2025 - 2:04 pm
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La Alcaldía de Bogotá, por medio de la Secretaría de Ambiente impuso una medida preventiva de suspensión de actividades en flagrancia a un establecimiento de Chapinero por presuntas infracciones a la normativa ambiental vigente relacionada con el ruido, además de otras medidas impuestas por falta de documentación.

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La suspensión se llevó a cabo en una operación conjunta con la Alcaldía Local de Chapinero, las secretarías de Seguridad y Gobierno, la Policía Nacional, Personería de Bogotá, y Bomberos Bogotá, en el marco de una operación interinstitucional de verificación.

Este es el bar en la 85 de Bogotá suspendido por incumplir normas

Se trata de Canalla 85, un local que estaba ubicado en la Calle 84 bis #13-43 (norte de Bogotá) y en el cual, durante una visita de control y seguimiento, se evidenció que no contaba con mecanismos adecuados de aislamiento acústico, operando con puertas abiertas, sin vidrios ni contrapuerta, lo que generaba afectaciones al entorno.

Asimismo, tenía inconsistencias entre la dirección registrada en la Cámara de Comercio, la ubicación real del establecimiento, confirmada por la placa catastral, y otros documentos faltantes.

“Estuvimos en tres polígonos de la localidad haciendo inspección, vigilancia y control. Concentramos los esfuerzos en la Calle 85 de la que hemos recibido muchas quejas de los vecinos, y como respuesta a ello hicimos mediciones en diferentes lugares obteniendo un sellamiento ambiental, uno por uso de pólvora que no es permitida en Bogotá, otro por falta de documentación, y dos órdenes impuestas por la Policía Nacional por cierre preventivo“, afirmó Alexandra Mejía, alcaldesa local de Chapinero.

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Estos hallazgos fueron corroborados en campo por el equipo técnico de la Secretaría con sonómetros instalados frente al establecimiento, que son equipos que cumplen con las características que establece la Resolución 0627 de 2006 respecto del método de medición.

Ante esta situación, y de acuerdo con la Ley 1333 de 2009, la Secretaría de Ambiente impuso la medida preventiva de suspensión de actividades, por el presunto incumplimiento del Decreto 1076 de 2015 y la Resolución 627 de 2006. Esta medida busca mitigar la posible afectación del medio ambiente y la salud humana.

“La Secretaría de Ambiente sigue avanzando en los operativos de control al exceso de ruido en bares y discotecas, esta vez desde la localidad de Chapinero, en trabajo conjunto con el equipo de la alcaldía local y en coordinación con la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Seguridad, la Personería de Bogotá y otras entidades del Distrito. Impusimos una medida preventiva de suspensión de actividades a un establecimiento debido a que no contaba con las medidas de control y mitigación del ruido. Fue sellado y no podrá reabrir hasta que no cumpla con las condiciones requeridas”, explicó la secretaria de Ambiente de Bogotá, Adriana Soto.

La funcionaria agregó que desde el Distrito continuarán inspeccionando los negocios que excedan los niveles permitidos de ruido e imponiendo las medidas a que haya lugar, conjuntamente con las alcaldías locales y entidades del Distrito, “para proteger la paz y la convivencia ciudadana. Porque aquí sí pasa, le vamos a poner orden a la problemática del ruido en Bogotá”.

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Las autoridades, finalmente, hacen un llamado a los establecimientos comerciales para que adopten las medidas necesarias que garanticen la protección del entorno y el bienestar de la ciudadanía.

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