“Para Asocapitales, el derecho fundamental al debido proceso y el principio de presunción de inocencia son dos de los pilares de nuestro Estado de Derecho”, indicó la asociación.

Asimismo, pidieron que se les respetaran los derechos a ambos funcionarios: “Esperamos que el proceso de investigación, instrucción y juzgamiento de funcionarios elegidos popularmente adelantado por la Procuraduría General de la Nación ofrezca las garantías constitucionales”, añadió la misiva.

Sin embargo, también aseguraron que la decisión disciplinaria estaría violando jurisprudencia internacional, alegando que solo una decisión penal podía separar a los alcaldes de su cargo:

“La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), especialmente con la sentencia del 8 de julio de 2020, indicó que estas restricciones solo puede imponerlas un juez competente mediante sentencia judicial dentro de un proceso penal”, sostuvieron.

“Además, la Corte Interamericana afirmó que la destitución o inhabilitación de un funcionario elegido popularmente es una restricción a los derechos políticos tanto del funcionario en cuestión como de sus electores”, prosigue la carta.

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Asocapitales también hizo un llamado a evaluar “la manera como se comunican este tipo de actuaciones a la ciudadanía, ya que esto genera zozobra, incentiva la desorientación y podría devenir en una posible desestabilización del orden público”.

En ese sentido, fueron críticos con un término empleado por la jefa del Ministerio Público, Margarita Cabello:

“Registramos con desconcierto que el Ministerio Público recurra a un concepto subjetivo como ‘imaginario colectivo’, del cual no tenemos referente en la jurisprudencia ni la legislación colombiana”, afirmaron.

Después concluyeron: “Nos confunde que en el anuncio de apertura de investigación en contra de dos alcaldes de ciudades capitales por supuesta participación en política se mencione el caso de un concejal que, dentro de su naturaleza, está la participación en política”.