Juan Camilo Rico Echeverry no aceptó haber asesinado deliberadamente a su hermano Andrés Felipe Rico Echeverry y fue enviado a la cárcel bajo la medida de aseguramiento preventiva intramural en establecimiento carcelario.

La Fiscalía Primera Especializada demostró la inferencia razonable de participación de Juan Camilo en el homicidio de su familiar, apoyada en lo que definió como un caso de violencia intrafamiliar de meses atrás.

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Y es que el ente perseguidor penal indicó, en audiencias de control de garantías ante la juez primera promiscua de La Tebaida (de turno judicial en Armenia) que el domingo 13 de noviembre a eso de las 9:20 p. m. los hermanos discutieron en el interior de la casa donde residían en el barrio La Mariela de Armenia.

Al parecer, Andrés Felipe se negó a darle dinero a Juan Camilo porque, según la Fiscalía, no quería que su hermano le siguiera pidiendo plata para comprar y consumir estupefacientes.

Esto, según el ente perseguidor penal, generó una discusión y de ahí una pelea a golpes que los hermanos Rico Echeverry decidieron continuar en la calle.

Los hombres llegaron hasta la vía pública de la cancha del vecindario, según las autoridades, frente a la caseta comunal del barrio donde, manifestaron 2 testigos, esgrimieron armas blancas.

Fue entonces que, indicó el relato de la Fiscalía, después de varios lances Juan Camilo, al parecer, le propinó una herida en el pecho a su hermano, Andrés Felipe, quien cayó al piso.

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Las autoridades señalaron que el presunto agresor aseguró que su hermano estaba diciendo mentiras porque la herida que tenía era un ‘puntazo’, y por eso le decía que se parara.

Minutos después, 2 testigos decidieron auxiliar al herido y lo levantaron del piso para trasladarlo al hospital San Juan de Dios de Armenia, pero no había vehículos públicos disponibles por el sector. La hermana de los protagonistas de la riña trasladó a su hermano en un vehículo particular hasta el hospital de zona en donde murió.

Juan Camilo, cerca de la escena del crimen, decidió sentarse en una silla roja hasta donde llegó la patrulla policial del cuadrante de la zona que, siguiendo las declaraciones de los residentes del barrio, lo capturó como el responsable del homicidio.

La Fiscalía, en audiencias, le dio a conocer sus derechos a Juan Camilo y le comunicó que, como había sido capturado en flagrancia, si aceptaba cargos tendría una rebaja de hasta el 12.5 %, pero el procesado no admitió su culpabilidad.

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Las autoridades le dieron a conocer que la pena por el delito de homicidio está entre 40 años y 50 años de prisión, pero, en caso de ser vencido en juicio oral, tendría una pena más alta toda vez que debía ser procesado con el agravante que expresa la ley: el que matare a una persona de cercano grado de consanguinidad, en este caso de primer, toda vez que era su hermano.

La defensa del procesado solo apeló en la audiencia de legalización de captura porque aseguró que no se había cumplido la línea del tiempo de captura entre la llamada a la Policía y el momento del arresto, pero, para la juez, esto no era cierto y el requisito sí se cumplía toda vez que eran 10 minutos de un presunto error de precisión en el informe policial.