El aumento de la cuota de administración en conjuntos residenciales es una de las mayores preocupaciones de propietarios e inquilinos en Colombia, especialmente después del incremento del salario mínimo. En varios edificios, los residentes se encontraron con alzas cercanas o incluso superiores al 23 %, lo que desató dudas sobre la legalidad de esos cobros.
(Vea también: Lío con parqueaderos en conjuntos: residentes no podrán usar este espacio, aunque esté vacío)
De acuerdo con la normativa vigente, citada por Red+ Noticias, este incremento no es automático ni definitivo. La ley de propiedad horizontal establece que las llamadas expensas comunes, que incluyen vigilancia, aseo, mantenimiento, ascensores y zonas comunes, no pueden aumentar de manera arbitraria ni por decisión unilateral del administrador.
Aunque muchos reglamentos internos contemplan ajustes anuales basados en el salario mínimo o en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que cerró en 5,1 %, estos documentos no tienen la última palabra frente al valor final que deben pagar los residentes, dice el noticiero.
Cuándo deben devolver dinero si la cuota subió de forma abusiva
Según explicó la abogada Stephanie Rendón Zapata, experta en contratación privada, citada por Red+ Noticias, la asamblea de copropietarios es la autoridad que define el presupuesto anual y el valor real de la cuota de administración. Esta reunión debe hacerse al menos una vez durante el primer trimestre del año y, como plazo máximo, hasta el 31 de marzo, conforme a la Ley 675 de 2001.
En la asamblea se revisan los contratos de mantenimiento, los salarios del personal, los servicios tercerizados y cualquier gasto que impacte las finanzas del conjunto residencial. A partir de ese análisis, los copropietarios aprueban o ajustan el presupuesto propuesto por la administración.
Si la cuota fue incrementada sin la debida aprobación de la asamblea, o si el alza supera lo autorizado, los residentes podrían quedar con un saldo a favor. En esos casos, el dinero debe ser devuelto o descontado en las facturas posteriores, según corresponda.
“Cuánto sube la cuota de administración depende de lo que diga el reglamento y de la decisión que se tome en la asamblea de copropietarios. La administración propone un valor, pero es la asamblea la que define el gasto real”, explicó Rendón Zapata, citada por el medio.
Quién define realmente el aumento de la cuota de administración
La ley es clara en señalar que ni el administrador ni el reglamento interno pueden imponer, por sí solos, el valor definitivo de la cuota. La decisión final recae en la comunidad reunida en asamblea, bajo criterios de legalidad, transparencia y necesidad real del gasto.
No obstante, también existe el escenario contrario. Si el conjunto enfrenta mayores costos por reparaciones urgentes, mejoras en infraestructura o incrementos en los servicios contratados, la asamblea puede aprobar un aumento superior al inicialmente previsto, siempre que esté debidamente sustentado y votado.
Precio de las viviendas VIS en Colombia cambiaría
El Ministerio de Vivienda presentó un proyecto de decreto que busca frenar las alzas en el precio de las viviendas VIS. La idea del Gobierno es que quede en máximo 135 salarios mínimos y que desde el inicio del negocio se establezca el precio en pesos colombianos.
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