
Cada vez que se acerca junio, muchos trabajadores en Colombia tienen la misma pregunta rondando en la cabeza: ¿cuándo llega la prima? Este ingreso adicional es clave para quienes necesitan ponerse al día con deudas, planear vacaciones, invertir o simplemente aliviar el bolsillo a mitad de año.
(Ver también: Trabajadores en Colombia recibirían plata adicional: sería para todos, pero hay condiciones)
La prima de servicios, como se le conoce formalmente, es un derecho laboral que corresponde a 15 días de salario por cada semestre trabajado. Es decir, representa la mitad del sueldo mensual y se entrega dos veces al año. Aunque la mayoría piensa que solo aplica para quienes tienen un contrato firmado, lo cierto es que también cubre a trabajadores domésticos, jornaleros, conductores y otros empleados informales que cumplen con condiciones de subordinación.
Este pago debe hacerse de forma proporcional al tiempo laborado y, para calcularlo, se multiplica el salario por los días trabajados en el semestre y se divide entre 360. Así se garantiza que todos reciban un monto justo, incluso si no han trabajado los seis meses completos.
¿Y si necesito ese dinero antes de la fecha de pago?
Aunque la ley garantiza el pago de la prima, no obliga a las empresas a adelantarla. Sin embargo, algunas organizaciones permiten que sus empleados pidan una parte o el total antes de tiempo, especialmente si atraviesan una situación urgente.
Para hacerlo, se recomienda enviar una carta o correo al área encargada —usualmente Recursos Humanos— explicando el motivo del adelanto y el valor requerido. Es fundamental tener claro que cada empresa tiene sus propias reglas: algunas exigen justificar la solicitud, otras aplican descuentos en los sueldos posteriores, y no todas están obligadas a aceptar.
Por eso, antes de pedirla, lo mejor es revisar el reglamento interno o consultar directamente con la administración.
(Ver también: ¿Cuánto deben pagarle de prima de mitad de año si gana $ 1’800.000 en Colombia?)
¿Cuál es la fecha límite para recibir la prima de mitad de año?
En Colombia, los empleadores tienen como plazo máximo el 30 de junio para pagar esta prestación. Es decir, sin importar el cargo o el sector en el que se trabaje, si se tiene derecho a prima, esta debe estar consignada a más tardar ese día.
El incumplimiento de este pago puede generar sanciones legales para la empresa, por lo que es importante que los trabajadores estén atentos y, si es necesario, hagan valer sus derechos ante las entidades correspondientes.
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