
Las recientes modificaciones en la legislación pensional han motivado diversas dudas en los trabajadores colombianos, especialmente sobre la posibilidad de acceder a diferentes tipos de pensiones. Un tema frecuente es la compatibilidad entre la pensión de vejez y la pensión por invalidez: ¿se pueden recibir ambas al mismo tiempo en Colombia?
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La normativa nacional, como lo explica el abogado Aldo Machado en diálogo con El Tiempo, establece la llamada “incompatibilidad de pensiones”, que limita el acceso a múltiples beneficios pensionales por parte del mismo ciudadano, dependiendo de la entidad pagadora y el origen de la pensión. Es indispensable tener en cuenta este principio para tomar decisiones informadas sobre el futuro pensional.
¿Se puede solicitar la pensión de vejez si ya se disfruta de una pensión por invalidez?
Machado aclara que, en Colombia, cuando una persona ya percibe una pensión mensual, el sistema en general no permite obtener un segundo pago del mismo fondo de pensiones por concepto diferente.
Sin embargo, existe una alternativa para quienes tienen una pensión por invalidez y aspiran a obtener la de vejez. En estos casos, la recomendación es mantener el pago de aportes al fondo de pensiones. Al cumplir con la edad y las semanas requeridas, el beneficiario puede decidir si continúa con la pensión de invalidez o solicita el cambio a la pensión de vejez, optando por la que le resulte más favorable económicamente.




Excepción a la regla: compatibilidad de pensiones por invalidez laboral y vejez
Según el especialista, hay una situación en la que la ley sí permite recibir dos pensiones al mismo tiempo. Si la pensión por invalidez fue otorgada por un accidente o enfermedad de origen laboral y el pago está a cargo de una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), es posible que, al cumplir los requisitos para la pensión de vejez en un fondo privado o en Colpensiones, el afiliado reciba ambos beneficios.
Así, un trabajador jubilado por invalidez laboral que cumpla con la edad y las semanas para la pensión de vejez puede recibir cada una de las pensiones de sus respectivas entidades, ya que la fuente de los pagos es diferente.
Otras alternativas para quienes reciben pensión por invalidez
Machado resalta otra opción para quienes tienen reconocida una pensión de invalidez de origen laboral. Si el afiliado no logra seguir cotizando después del reconocimiento de la pensión y tiene aportes en un fondo privado o en Colpensiones, puede solicitar la devolución de los fondos aportados, sin necesidad de esperar hasta alcanzar la edad de jubilación. Este procedimiento puede ser útil, especialmente ante complicaciones económicas o de salud.
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En conclusión, la determinación sobre la posibilidad de recibir una pensión de vejez adicional a la de invalidez depende fundamentalmente del origen de la pensión y de la entidad responsable del pago. Se recomienda asesorarse con expertos para analizar la situación particular y tomar decisiones informadas.
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