Esta legislación contempla que las personas que tengan cuentas de ahorro y/o depósitos electrónicos podrán tener acceso a todo su capital sin la obligación de mantener un saldo mínimo (usualmente 10.000 pesos) para cubrir la cuota de manejo y otros gastos administrativos.

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Adicionalmente, el segundo artículo de la ley 1793 establece que las entidades financieras solo podrán “cobrar costos financieros y/o transaccionales por los primeros 60 días de inactividad y/o ausencia de movimientos financieros por parte del usuario”.

Esto quiere decir que solo durante 2 meses el banco podrá cobrar la cuota (entre 7.500 y 10.500 pesos), pero luego de los 60 días, ya no podrán hacerlo, y además deberán pagarle la rentabilidad de los depósitos que tiene, aclara Finanzas Personales.

Por último, el tercer punto que trae la ley es el más atractivo para los usuarios ya que supone que los bancos deban pagarles una tasa de interés por rentabilidad de los ahorros que se tengan, sin importar el monto.

Anteriormente, las cuentas de ahorro no generaban rentabilidad y solo las que tenían depósitos de hasta 5 salarios mínimos reportaban menos de 100 pesos de utilidades en la mayoría de casos, añade el portal citado.

En caso de que su entidad bancaria no esté cumpliendo con estas medidas, usted puede denunciarla ante la Superintendencia Financiera o a través de la página web defensordetubolsillo.com.