En el escrito de subsanación, Avianca atiende las observaciones de orden formal efectuadas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y da cumplimiento a lo ordenado por dicha instancia judicial.

“Ahora, el Tribunal procederá a resolver en forma definitiva sobre la admisión de la demanda, para dar inicio a las etapas procesales derivadas del proceso de la declaratoria de ilegalidad”, explicó la aerolínea en un comunicado.

Los argumentos que expuso la compañía están basados en la Ley 336 de 1996, que en sus artículos 5 y 68 establecen claramente que el transporte aéreo es un servicio público esencial, “que incide directa e indirectamente en la dinámica social y económica del país, siendo la huelga un acto de incumplimiento que da prelación al interés particular sobre el interés general”.

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Para Avianca, su demanda está sustentada en “sólidos argumentos jurídicos, de cara al restablecimiento pleno de las operaciones y garantizar a los colombianos su derecho a movilizarse”.

En la decisión que el Tribunal de Bogotá dio a conocer esta mañana se comunicó a Avianca que no se admitiría la demanda hasta que no se expusiera la mencionada justificación. El plazo otorgado a la compañía era de 5 días; sin embargo, no pasaron más de 4 horas para radicar el documento nuevamente.

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