
En Colombia, obtener o renovar una licencia de conducción va más allá de cumplir con los trámites administrativos y conocer las normas de tránsito. Las autoridades exigen que el solicitante demuestre estar en óptimas condiciones físicas y mentales, con el fin de garantizar la seguridad propia y la de los demás actores viales.
Uno de los aspectos más importantes en este proceso es el estado de salud del conductor, que puede ser determinante a la hora de habilitar o restringir su derecho a manejar.
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¿Cuáles son las enfermedades que restringen sacar la licencia de conducción en Colombia?
La normativa vigente, en particular la Resolución 0217 de 2014 del Ministerio de Transporte, establece que ciertas condiciones médicas pueden limitar o incluso impedir la expedición o renovación de una licencia de conducción.
De acuerdo con la normativa vigente, los trastornos del sistema cardiovascular constituyen una de las principales razones por las que se puede restringir el derecho a conducir, debido al alto riesgo que representan para la seguridad vial.
Por esta razón, quienes padecen enfermedades del corazón deben someterse a una evaluación médica exhaustiva que determine su aptitud para manejar un vehículo. Entre las afecciones que requieren especial atención se encuentran:
- Infarto agudo de miocardio: las personas que han sufrido un infarto deben presentar un informe médico detallado que certifique su recuperación y estabilidad clínica antes de ser autorizadas para conducir nuevamente.
- Hipertensión arterial: esta condición puede afectar la concentración, provocar fatiga y alterar los tiempos de reacción, elementos fundamentales para una conducción segura.
- Arritmias cardíacas: las irregularidades en el ritmo del corazón pueden causa episodios de mareo, desorientación e incluso pérdidas breves de conciencia, lo cual incrementa significativamente el riesgo de accidentes.
- Insuficiencia cardíaca: esta enfermedad limita la capacidad física del conductor, reduciendo su resistencia y atención al volante, lo que




¿Qué se debe tener en cuenta?
Aunque la normativa colombiana establece ciertas restricciones médicas para obtener o renovar la licencia de conducción, esto no significa que todas las condiciones de salud representen una inhabilidad definitiva.
En muchos casos, personas con enfermedades crónicas o discapacidades físicas pueden ser consideradas aptas para conducir, siempre y cuando su situación médica esté debidamente controlada y cuenten con los tratamientos, adaptaciones o ayudas técnicas necesarias para garantizar una conducción segura.
El enfoque de las autoridades de tránsito es garantizar un equilibrio entre la seguridad vial y los principios de inclusión. Por eso, cada caso debe ser evaluado de manera personalizada por profesionales de la salud autorizados, quienes determinarán si el solicitante cumple con las condiciones psicofísicas requeridas para manejar un vehículo.




En este sentido, patologías como la diabetes, enfermedades neurológicas o limitaciones motoras no son automáticamente excluyentes, siempre que el paciente demuestre una adecuada compensación clínica y conocimiento sobre cómo manejar posibles episodios de riesgo, como descompensaciones o crisis médicas repentinas.
La recomendación para quienes tengan dudas sobre su condición médica y el derecho a conducir es acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC). Estas entidades, avaladas por el Ministerio de Transporte, son las encargadas de realizar las valoraciones físicas, psicológicas y clínicas necesarias para determinar la idoneidad de cada aspirante o conductor.
El proceso incluye una serie de pruebas y una entrevista médica que permiten identificar cualquier afección que pueda representar una amenaza para la seguridad propia o de terceros. Al respecto, el Ministerio de Transporte ha señalado que “posteriormente, se realizarán las exploraciones, valoraciones y entrevista médica que permitan comprobar que no existe alguna enfermedad o deficiencia que pueda suponer incapacidad para conducir”.
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