
Las personas que viven en un conjunto residencial en Colombia, cuentan con una serie de derechos, como el que tienen los propietarios de un apartamento de primer piso con respecto al pago del mantenimiento del ascensor.
Pues bien, una de las dudas que ha rondado dentro de los ciudadanos que habitan estas propiedades es si tienen acceso a las grabaciones de las cámaras de seguridad en caso de un accidente, un robo o alguna solicitud en particular.

Frente a este caso, el portal web de Detectives Beltrán y la Ley 1581 del año 2012, aclaran que, quienes pueden ver las cintas del circuito cerrado de televisión son las personas previamente autorizadas por la central de seguridad o propietario del inmueble, así como el personal de cuerpos policiales. En este último caso, siempre y cuando exista un proceso legal activo.




¿Puede solicitar los videos una cámara de seguridad?
La Corte Constitucional de Colombia ha sido enfática en señalar que los registros audiovisuales obtenidos mediante cámaras de seguridad tienen naturaleza privada. Esto significa que, de acuerdo con la jurisprudencia, el acceso a estos videos está restringido y solo puede ser autorizado por un juez por medio de una orden judicial.
(Vea también: TransMilenio explica cómo pedir grabaciones de cámaras de buses y estaciones del sistema)
Esta medida busca garantizar el equilibrio entre la investigación de delitos y la protección de los derechos fundamentales de las personas, como la privacidad y el habeas data.
¿Dónde no se pueden instalar cámaras de vigilancia?
La instalación de cámaras de vigilancia en Colombia debe hacerse de manera responsable, respetando el derecho a la privacidad de las personas y cumpliendo con las autorizaciones requeridas.
Por ejemplo, están prohibidas en sitios que capten los ambientes de baños, vestuarios o en espacios destinados exclusivamente al descanso o esparcimiento de trabajadores.
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