Los policías efectuaban un plan de registro a personas y solicitud de antecedentes, cuando encontraron que en contra del hombre de 48 años había una orden judicial vigente emitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Armenia por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. 

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Un rastrojo

En enero de 2014 fue enviado a la cárcel, Óscar Eduardo Castro Rivera, alias ‘Ballena’, presunto cabecilla de la organización criminal ‘Los Rastrojos’ y tenía una oficina de cobro en Tuluá (Valle del Cauca), de la que harían parte individuos del Quindío y el Norte del Valle, y se coordinarían acciones delictivas como extorsiones, intimidaciones, homicidios selectivos y tráfico de estupefacientes.

En esa misma diligencia, fueron cobijados con medida de aseguramiento por los mismos delitos: José Uriel Clavijo Zapata, alias ‘Piolín’; John Mario Rojas Posso, alias ‘Mario’, y Álvaro Morales Hernández, integrantes de ‘Los Rastrojos’.

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Según se conoció, Jhon Mario Rojas Posso era taxista y conducía el vehículo de placa VKH 339. Transportaba a los miembros de la organización criminal cuando efectuaban el cobro de extorsiones y recogía a los sicarios en la zona donde cometían atentados. Por esas actividades devengaba 800 mil pesos mensuales, más pagos adicionales que ellos llamaban ‘ligas’.

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Asimismo, tomó parte a título de coautor en la muerte violenta de Carlos Junior Núñez Salazar, ocurrida el 20 de septiembre de 2013 de Armenia. Allí hizo seguimientos y transportó a dos mujeres, quienes interceptaron a la víctima. Asimismo, trasladó a los sicarios que mataron a la víctima en el barrio La Cecilia, donde luego desmembraron el cuerpo. 

Revocaron fallo

El 25 de octubre de 2016 Jhon Mario Rojas Posso fue condenado a ocho años de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado. Asimismo, fue absuelto como cómplice del homicidio de Carlos Junior Núñez Salazar.

El Tribunal Superior de Armenia (Quindío), el 29 de noviembre de 2018 revocó el fallo y condenó a Rojas Posso a 248 meses, o lo que equivale a 20 años y ocho meses de prisión, y negó los subrogados penales. La sentencia fue apelada y llegó a la Corte Suprema de Justicia, donde el recurso de casación no fue impugnado y confirmó la condena de segunda instancia el 9 de marzo de 2022.