Por: DIARIO OCCIDENTE

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Este artículo fue curado por pulzo   Ene 5, 2026 - 5:45 am
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Desde el lunes 5 de enero de 2026, la ciudad de Cali implementa una nueva rotación en la medida de pico y placa, según la información confirmada por la Secretaría de Movilidad Distrital. Esta restricción vehicular, que tiene como objetivo optimizar la circulación y disminuir tanto la congestión vial como la contaminación ambiental, estará vigente durante todo el primer semestre del año, concluyendo el 30 de junio. El esquema actual conserva la franja horaria habitual de aplicación, comprendida entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., de lunes a viernes, excluyendo los fines de semana y días festivos, lo cual permite a los ciudadanos planificar con mayor anticipación sus desplazamientos de acuerdo con la fecha y el último dígito de la placa de sus vehículos.

El nuevo cronograma de rotación por días, detallado por la autoridad competente, establece que los lunes no podrán circular aquellos automotores cuyas matrículas finalicen en 1 y 2, los martes el turno corresponde a los vehículos con placas terminadas en 3 y 4, los miércoles a los que terminan en 5 y 6, los jueves a los que finalizan en 7 y 8, y los viernes a los portadores de las terminaciones 9 y 0. Así, la ciudad inicia un ciclo renovado de control y regulación ortientado a dormitorios y empresas, quienes deben reestructurar sus rutinas de movilidad bajo estas directrices.

En la primera semana, comprendida entre el 5 y el 9 de enero, el proceso tendrá una fase pedagógica. Durante este período, funcionarios de tránsito estarán activos en las principales avenidas de Cali, orientando e informando a los conductores sobre la nueva normativa. En esta etapa instructiva no se aplicarán sanciones, privilegiando el componente educativo para asegurar que tanto residentes como visitantes se adapten correctamente al reciente calendario de restricciones.

Las multas para quienes infrinjan la restricción comenzarán a aplicarse a partir del lunes 13 de enero. Desde esa fecha, el incumplimiento de las condiciones impuestas por el pico y placa será motivo de sanción, consolidando la transición del enfoque pedagógico al de control con consecuencias administrativas.

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Dentro de la reglamentación se mantienen las excepciones establecidas por los decretos oficiales No. 4112.010.20.497 y 4112.010.20.914, así como sus modificaciones posteriores. Entre los automotores exentos figuran los vehículos de emergencia según el Artículo 2 de la Ley 769 de 2002, los que pertenecen a entidades de socorro como la Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Cruz Roja y ambulancias debidamente registradas ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). También gozan de exención los automotores oficiales, diplomáticos y consulares. Para quienes transportan a personas con discapacidad o movilidad reducida, la exención sigue vigente salvo que se registre un cambio en el vehículo.

La Secretaría de Movilidad aclara que podrá verificar en cualquier momento la presencia de la persona beneficiaria de la exención, y si no se cumple este requisito, procederá a sancionar. Otros vehículos, como los híbridos y eléctricos correctamente parametrizados, automotores de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas, motocicletas y aquellos cuyos propietarios paguen la tasa contemplada en el Acuerdo Distrital 0563 de 2023, también están exceptuados del control.

El secretario de Movilidad Distrital, Gustavo Orozco, reiteró que la introducción de la nueva rotación responde a la necesidad de seguir mejorando las condiciones de flujo en la ciudad y a proporcionar herramientas eficaces que contribuyan a un entorno más ordenado y sostenible. La administración local pide a los ciudadanos respetar la medida, considerar el uso del transporte público y programar con cuidado sus trayectos diarios.

Así, Cali refuerza su apuesta por el orden vial y la protección ambiental, mediante una estrategia regulatoria que apuesta por la corresponsabilidad y la colaboración ciudadana en pro de una movilidad eficiente.

¿Cómo pueden los ciudadanos solicitar o mantener las exenciones al pico y placa?
Esta pregunta surge debido al amplio interés de los conductores cuyas actividades dependen de contar con autorizaciones especiales para circular en días restringidos. Como se detalla en el Decreto No. 4112.010.20.497 y sus complementos, existen instrucciones precisas para la inclusión o permanencia en el listado de excepciones, especialmente para quienes transportan a personas con discapacidad, automotores oficiales o vehículos de emergencia.
Entender el proceso de solicitud o renovación de estas exenciones es fundamental para evitar contratiempos en la movilidad diaria y estar preparados ante las verificaciones realizadas por las autoridades de tránsito. Para obtener esta información, los usuarios deben consultar la normatividad vigente y asegurarse de que toda condición exigida se encuentra debidamente registrada ante los entes competentes.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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