El ente de control evidenció que el disciplinado, quien para la fecha de los hechos era comandante de Policía en el municipio de Curumaní (Cesar), obligó a la uniformada Kelly Sierra a tener una relación íntima que no fue consentida.

Los hallazgos clínicos encontrados en el examen médico legal y el análisis de las lesiones encontradas a la teniente afectada, que fueron detallados en el informe pericial de clínica forense, demostraron que hubo oposición de la víctima en la relación sexual ocurrida el 24 de noviembre de 2018 en el Comando Regional del Cesar.

Para la Sala Disciplinaria de la Procuraduría el comportamiento de Merchán Prieto fue contrario a la misión constitucional que le asignó la Policía Nacional, que en razón a su grado, cargo y condición de servidor público tenía la obligación de proteger a su subalterna, antes que mancillar su libertad, integridad y formación sexual.

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A juicio de la Procuraduría, Merchán Prieto incurrió falta gravísima a título de dolo por cometer el delito de acceso carnal violento, establecido en el Código Penal Colombiano.

Además, el Ministerio Público enfatizó en que como se trata de una decisión de segunda instancia, no procede ningún recurso por parte de la defensa.